Agencia comercial - Contratos de intermediación - De los contratos mercantiles. Nacionales e internacionales - 5ta edición - Libros y Revistas - VLEX 800654361

Agencia comercial

AutorLisandro Peña Nossa
Páginas413-444
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Capítulo III
Agencia comercial
1. ETIMOLOGÍA Y RESEÑA HISTÓRICA
La palabra agencia viene del latín agentia, de agens, entis, el que hace. Empresa
destinada a gestionar asuntos ajenos o a prestar determinados servi cios.
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o agente viajero, persona que al servicio de una o de varias empre sas se dedicaba a
visitar distintas plazas, para colocar los productos de su pa trón. Producto de estas
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toma elementos de la comisión, de la mediación o corretaje, del agente viajero o
viajante y de otras instituciones comerciales (como el contrato de comisión), que
hasta entonces constituían la forma más utilizada de intermediación.
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fue Alemania, describiéndolo como la persona que se encarga de ma nera
permanente de gestionar negocios por cuenta de otro empresario o de con cluirlos
en nombre de esté.
2. FUNCIÓN ECONÓMICA
Responde a precisas necesidades económicas del empresario, concreta mente
en las plazas donde aquél pretende introducir sus productos o servicios, pues le
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permite disminuir los costos y riesgos inherentes a la conquista de un mercado,
ya que el agente encargado de la actividad de promoción, asume unas y otras. La
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permanencia y estabilidad del agente en una zona o sitio de terminado, le aseguran
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3. CONCEPTO
De acuerdo con el artículo 1317 del Código de Comercio, el contrato de
agencia comercial es aquél por medio del cual “un comerciante asume en for ma
independiente y de manera estable el encargo de promover o explotar negocios
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como representante o agente de un empresario nacional o extran jero o como
fabricante o distribuidor de uno o varios productos del mismo”.
4. ELEMENTOS TIPIFICADORES DE LA AGENCIA COMERCIAL
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siguientes:
A) LA INDEPENDENCIA EN LA ACTIVIDAD DEL AGENTE
El agente desarrolla su actividad por cuenta ajena pero lo hace por medio de una
empresa propia. Esa independencia se traduce en la práctica, por ejem plo, en la
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a procurar el cumplimiento del encargo en las circunstancias de modo, tiempo y
lugar que hayan sido convenidas. El carácter independiente del agente, excluye
la coexistencia de la agencia comercial con un contrato de trabajo. El agente
es un verdadero empresario autónomo, que cumple su fun ción de intermediario
para llevar a cabo la promoción y explotación de produc tos y servicios por
cuenta de otro.
El Código de Comercio al regular el contrato de agencia comercial (art. 1317)
incluye como elemento esencial la independencia del agente. En efec to, dicha
norma establece que mediante la agencia comercial, se “asume de manera
independiente y estable” el encargo de promocionar o explotar nego cios como
representante o agente de un empresario. Y el artículo 1321 esta blece que “El
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recibidas [...]”. Por consiguiente, la independencia no supone que el agente deba
obrar prescindiendo de las instrucciones, pautas, criterios y directrices que le
imparta el empresario. La independencia a que hace refe rencia el artículo 1317
PARTE 4- CAP. III AGENCIA COMERCIAL 415
del Código de Comercio, excluye la subordinación propia de una relación
laboral. La independencia, así entendida, implica la facultad que tiene el agente
de aportar su experiencia e iniciativa para desarrollar la labor de promoción que
le corresponde.
El agente decide, en ejercicio de su independencia, el modo, el tiempo o la
cantidad de su actividad, lo cual implica que no se encuentra sujeto a hora-
rios de trabajo o a itinerarios. El hecho de que el agente desarrolle la actividad
encomendada mediante una empresa con organización propia, con aportes de
capital y de trabajo, desvirtúa la existencia de dependencia en el sentido laboral.
Al respecto la Corte ha expresado: “Solo puede entenderse como agente
comercial el comerciante que dirige su propia organización, sin subordinación
o dependencia de otro en el manejo de la empresa o establecimiento comercial a
través del cual promueve o explota, como representante, agente o distribui dor, de
manera estable, los negocios que le ha encomendado un empresario nacional o
extranjero en el territorio que se le ha demarcado”1.
B) LA ESTABILIDAD EN LA ACTIVIDAD DEL AGENTE
Es claro que, de manera estable, el agente promociona y explota los ne gocios
propios de la empresa del agenciado. Así lo establece expresamente el artículo
1317 del Código de Comercio. El agente, por tanto, no es la persona que promueve
o concluye uno o varios negocios determinados, sino que pro mueve y concluye
negocios en serie y sucesivos, lo cual implica permanencia en sus relaciones
con el agenciado. El elemento de la estabilidad, precisamen te, dio origen a la
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encargo, no esporádica ni ocasionalmente, sino en forma continua. Para cumplir
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obligaciones permanentes y continuas derivadas del contrato de agencia.
La condición de la estabilidad como supuesto de la naturaleza de la agen cia
comercial obedece a un hecho simple: el agente busca crear una clientela para
el agenciado, lo cual sólo es posible con una actuación continua y suce siva,
concebida, desde un comienzo, para proyectarse en el tiempo. Por razón de su
estabilidad, el contrato de agencia comercial es de tracto sucesivo. Así lo reconoce
la doctrina de la Corte al puntualizar que “el agente comercial asume el encargo
de manera estable, con ello precisa que este se diferencia del sim ple mandatario
ya que el segundo no tiene encargo duradero, carece de esta bilidad [...]. Al agente
comercial se le encomienda la promoción o explotación de negocios en una serie
2.
1 C. S. de J., Sala de Casación Civil, sent. de 2 diciembre 1980.
2 C. S. de J., Sala de Casación Civil, sent. de 2 septiembre 1980.

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