La agencia comercial y los sistemas de distribución en el arbitraje internacional - Núm. 44, Diciembre 2010 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 513937714

La agencia comercial y los sistemas de distribución en el arbitraje internacional

AutorSantiago Talero Rueda
CargoAbogado y Especialista en Derecho Comercial de la Universidad de los Andes
Páginas2-26
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1 Abogado y Especialista en Derecho Comercial de la Universidad de los Andes. LL.M. en Contratación Internacional, con mención
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Arbitraje Comercial Internacional, Arbitraje de Inversión, Derecho de los Negocios Internacionales y Derecho Internacional Priva-
do en la Universidad de los Andes. Profesor y conferencista de arbitraje internacional en la Universidad de La Sabana y en otras
    Á   C  C  B    C  C A-
ricana del Perú. Autor de numerosos escritos sobre contratación y arbitraje internacional. Autor del libro Arbitraje Comercial
I     , obra editada por la Editorial Temis y Ediciones Uniandes, en la colección
B J U A    C  
Resumen
En este ar tículo se discute si el arbitraje inter-
nacional se puede utilizar como mecanismo
para eliminar la protección dada a los agentes
comerciales por la ley colombiana una vez se
termina el respectivo contrato. En principio, las
partes de estos contratos pueden pactar que
sus diferencias sean resueltas mediante arbi-
traje internacional y con fundamento en un de-
recho sustancial extranjero aplicable a dichos
contratos. Ello también implica distinguir entre
la posibilidad de pactar el arbitraje internacio-
nal y el hecho de que los tribunales arbitrales
deban o no aplicar la ley colombiana al fondo
del asunto. En principio, los tribunales arbitrales
internacionales no estarían obligados a aplicar
la ley colombiana al fondo del asunto, pues las
normas locales de protección a los agentes co-
Summary
A discussion has taken place regarding the
possibility of using international arbitration as
a mechanism for overcoming the protection
afforded to commercial agents under Colom-
bian Law, once their contracts terminate. The
parties to these contracts may agree to solve
their disputes by international arbitration and
under a foreign applicable law to the mentioned
contracts. In this sense, a distinction should
be drawn between the possibility of opting for
international arbitration and the fact that arbi-
tration tribunals should apply or not Colombian
law to the merits of the case; local rules pro-
tecting commercial agents may not be charac-
terized as “international public policy” rules or
as “truly international public policy rules”. The
Colombian State, when entering into internatio-
Julio - Diciembre de 2010 - Universidad de los Andes - Facultad de Derecho - Revista de Derecho Privado N.o 44 3
La agencia comercial y los sistemas de distribución en el arbitraje internacional
merciales colombianos no encajarían en la no-
ción restrictiva de “orden público internacional”
o, incluso, en la de “orden público realmente in-
ternacional”. El Estado colombiano, al suscribir
instrumentos internacionales como el TLC con
     
referidas normas de protección a los agentes
mercantiles no forman parte del orden público
internacional de Colombia, al menos en la ac-
tualidad. Tampoco es evidente que la jurispru-
dencia de tribunales europeos, protectora de los
intereses de los agentes mercantiles, se pueda
hacer extensiva a la realidad jurídica nacional.
En Colombia, el exequátur de laudos arbitrales
extranjeros no debería sufrir inconvenientes,
tratándose de controversias derivadas de ne-
gocios de agencia comercial. Sin embargo, el
debate no está cerrado. Existirían mecanismos
y argumentos de protección para los agentes
comerciales colombianos, en función de las cir-
cunstancias concretas del caso.
Palabras clave sistemas de distribución, agen-
cia comercial, arbitraje internacional, derecho
sustancial aplicable, orden público, orden pú-
blico de protección, orden público de dirección,
orden público internacional, orden público real-
mente internacional, artículo 1328 del Código
de Comercio, artículo 1324 del Código de Co-
mercio, Convención de Nueva York de 1958, Di-
rectiva 86/653/CEE del Consejo de las Comu-
nidades Europeas, exequátur, Tratado de Libre
Comercio (TLC)
nal instruments such as the FTA with the United
 
local rules do not amount to international public
policy rules in Colombia, at least to date. It is
not evident that European case law, protecting
commercial agents, may be applicable to local
legal reality. In Colombia, exequatur of foreign
arbitration awards should not be a problem, re-
garding commercial agency cases. However, the
debate is open. There are possible mechanisms
and arguments protecting Colombian commer-
cial agents, depending on the circumstances of
the case.
Keywords distribution systems, commercial
agency, international arbitration, applicable
substantive law, public policy, protective public
policy, directive public policy, international pu-
blic policy, truly international public policy, ar ti-
cle 1328 of the Commercial Code, article 1324
of the Commercial Code, New York Convention
of 1958, Council Directive 86/653/EEC, exe-
quátur, Free Trade Agreement /FTA/TLC)

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