Agotamiento del derecho de distribución del titular de derechos de autor en la unión europea. ¿Reiteración del precedente o cambio jurisprudencial? - Núm. 23, Enero 2017 - Revista La Propiedad Inmaterial - Libros y Revistas - VLEX 735661449

Agotamiento del derecho de distribución del titular de derechos de autor en la unión europea. ¿Reiteración del precedente o cambio jurisprudencial?

AutorSergio Raúl Cardoso González
CargoJuez Civil Municipal de Armenia (Colombia). Abogado de la Universidad Nacional de Colombia y estudiante de la Maestría en Derecho de Propiedad Intelectual de la Universidad Externado de Colombia, con posgrados en Derecho Privado Económico, Derecho Contractual, Derecho Financiero y Derecho de la Infancia y la Adolescencia
Páginas266-268
275
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La expedición de la sentencia C-166/15 (“Ranks y Vasiļevičs”) del 12 de octubre
de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea1, sobre el agotamiento del
derecho de distribución del titular de los derechos de autor de un programa de
ordenador, amerita la comparación con el pronunciamiento precedente para esta-
blecer si constituye reiteración o cambio jurisprudencial.
La decisión antecedente fue la sentencia C-128/11 (“UsedSoft”) del 3 de julio
de 2012[2], consistente en la interpretación prejudicial de los artículos 4(1-2) y 5(1)
de la Directiva 2009/24/CE, originada en la demanda de Oracle contra UsedSoft
por presunta infracción a sus derechos de autor con ocasión de la comercialización
de licencias usadas y la reproducción de sus programas en cuanto, aprovechando
que cada licencia autorizaba hasta a 25 usuarios bajo la cláusula de uso indefinido,
el negocio de la demandada consistía en adquirir todo o parte de dichas licencias
y revenderlas a terceros que descargaban el programa por internet o lo copiaban
en sus estaciones de trabajo.
En esta sentencia el Tribunal estableció que: i) el significado del concepto de
“venta” del artículo 4(2) es autónomo, debe tener interpretación uniforme en el
territorio de la Unión y consiste en aquella operación comercial que implica trans-
ferencia del derecho de propiedad de la copia; ii) cuando el licenciatario obtiene, a
cambio del pago de un precio, un derecho de uso de la copia de duración ilimitada,
esto se traduce en la transferencia del derecho de propiedad de la copia y configura
el agotamiento del derecho de distribución; iii) el artículo 4(2) se refiere a copias
* Juez Civil Municipal de Armenia (Colombia). Abogado de la Universidad Nacional de
Colombia y estudiante de la Maestría en Derecho de Propiedad Intelectual de la Univer-
sidad Externado de Colombia, con posgrados en Derecho Privado Económico, Derecho
Contractual, Derecho Financiero y Derecho de la Infancia y la Adolescencia. Contacto:
sergioraulcardosogonzalez@yahoo.com. doi: https://doi.org/10.18601/16571959.n23.11
1 Ref.: ecli:eu:c:2016:762. Para una reseña y análisis de esta sentencia véase El ago-
tamiento del derecho a la luz del derecho comunitario. Unión Europea y Comunidad
Andina, trabajo en coautoría del Grupo de Investigación del Departamento de Propiedad
Intelectual de la Universidad Externado de Colombia, integrado por los investigadores
María Carolina Barragán, José Miguel Ceballos, Diana Carolina Marín y Óscar Tamayo.
2 Ref.: ecli:eu:c:2012:407.
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