Más allá de la cascada de la justicia - Justicia transicional en equilibrio. Comparación de procesos, sopeso de su eficacia - Libros y Revistas - VLEX 648993493

Más allá de la cascada de la justicia

AutorTricia D.Olsen - Leigh A.Payne - Andrew G.Reiter
Cargo del AutorProfesora asistente de ética de los negocios y estudios legales en el Daniels College of Business de la Universidad de Denver - Profesora de sociología y estudios latinoamericanos en el St Antony's College de la Universidad de Oxford - Profesor asistente de política y relaciones internacionales en el Mount Holyoke College
Páginas143-158
CAPÍTULO 6
Más allá de la cascada
de la justicia
Los académicos afirman que el origen del proceso que denominamos
“justicia transicional” se remonta cientos de años atrás, aunque los proce-
sos contemporáneos difieren radicalmente de sus predecesores. Los Estados
en transición de hoy en día navegan por un laberinto de leyes internacio-
nales que inciden en la manera como hacen frente a las violaciones de
derechos humanos del pasado. Tribunales internacionales, regionales y
extranjeros de reciente creación han hecho rendir cuentas a los responsa-
bles de crímenes contra la humanidad del pasado cuando los tribunales
nacionales no pudieron hacerlo. Las Naciones Unidas a veces intervienen
para influir en la toma de decisiones del Estado o para implementar direc-
tamente los mecanismos de justicia transicional. Las redes de promoción
transnacionales que vinculan estrechamente a activistas nacionales y las
OING presionan aún más a los Estados para que actúen de determinada
manera. Además de los nuevos escenarios y actores, y de la presión a favor
de la justicia, también han surgido nuevos mecanismos. Las comisiones
de la verdad, prácticamente desconocidas antes de la década de 1970, han
crecido en popularidad en todo el mundo.
La escalada de estos mecanismos, y su demanda en el ámbito nacio-
nal e internacional, ha llevado a los académicos a inferir una “cascada”
o revolución de la justicia. Estos académicos sostienen que en las dos úl-
timas décadas, países de todas las regiones del mundo han optado por la
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JUSTICIA TRANSICIONAL EN EQUILIBRIO
rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos, lo que
contrasta con la anterior tendencia a escoger la amnistía. Este argumento
refuerza el enfoque maximalista de la justicia transicional. Sugiere que el
enfoque minimalista y el moderado sobrevaloran las restricciones políticas
internas y que la norma global para la rendición de cuentas contrarresta en
la actualidad la tendencia a utilizar amnistías y comisiones de la verdad para
apaciguar a los elementos obstruccionistas. Al tiempo que reconocemos
un aumento apreciable en la demanda nacional e internacional de justicia,
exploramos si esta demanda se traduce en cambios reales en las decisiones
de los Estados respecto a la manera de hacer frente a un pasado violento.
La primera parte del capítulo expone los argumentos de la cascada de la
justicia. Acto seguido, utilizamos el análisis empírico para poner a prueba
esas afirmaciones. Los resultados respaldan parcialmente la perspectiva
de la cascada de la justicia, pero también señalan una dinámica un poco
más matizada de los patrones contemporáneos de la justicia transicional.
La cascada de la justicia
Ellen Lutz y Kathryn Sikkink fueron las primeras en acuñar el término
“cascada de la justicia” en su influyente artículo de 2001 que llevaba ese
mismo título. Lo definen como un “giro rápido hacia el reconocimiento de
la legitimidad de las normas relativas a los derechos humanos y el aumento
de las medidas internacionales y regionales para lograr el cumplimiento
de esas normas”.1 Vinculan este cambio con el periodo comprendido entre
finales de la década de 1970 y mediados de la década de 1990, y lo atribuyen
a los esfuerzos de una red de promoción de la justicia transicional que de
manera independiente luchaba por la justicia en relación con las viola-
ciones de los derechos humanos, enfrentándose muchas veces a Estados
recalcitrantes. La red de justicia transicional formaba parte de una red más
amplia de defensa de los derechos humanos y de una transformación in-
cluso más grande y general de las normas internacionales para lograr una
mayor protección de los derechos humanos. Las autoras sostienen que la
creación de la Corte Penal Internacional y la extensión de la jurisdicción
universal son el inicio del abandono global de la amnistía y del giro hacia
la rendición de cuentas.
Sikkink ahonda en esta noción de la cascada de la justicia en su trabajo
posterior con Walling. Este estudio afirma que la práctica estatal ha sufrido
una transformación fundamental. En él se describe la cascada como una
“nueva y drástica tendencia” en la que “los Estados en vías de democra-
tización de todo el mundo están empezando a hacer rendir cuentas a las
1 Lutz y Sikkink, “The Justice Cascade”, 4.
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