Análisis: control de la acusación. Sentencia del 11 de diciembre de 2018, corte Suprema de Justicia - Núm. 14-2, Julio 2020 - Novum Jus: revista especializada en sociología jurídica y política - Libros y Revistas - VLEX 850895232

Análisis: control de la acusación. Sentencia del 11 de diciembre de 2018, corte Suprema de Justicia

AutorAlfonso Daza González
CargoDoctor en Derecho. Docente de la,Universidad Católica de Colombia. Correo electrónico: adaza@ucatolica.edu.co
Páginas259-278
Análisis: control de la acusación. Sentencia del 11 de diciembre de 2018
259
NOVUM JUS • ISSN: 1692-6013 • E-ISSN: 2500-8692 • Volumen 14 N
o
. 2 • Julio - Diciembre 2020 • Págs. 259-278
DOI: 10.14718/NovumJus.2020.14.2.11
ANÁLISIS: CONTROL DE LA ACUSACIÓN.
SENTENCIA DEL 11 DE DICIEMBRE DE 2018, CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
ALFONSO DAZA GONZÁLEZ
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COLOMBIA
Resumen
Pese a que el control que se le hace a la acusación criminal supone un medio para proteger los derechos
fundamentales de los acusados, en tanto limita la discrecionalidad de la Fiscalía para que se ciña a
los hechos jurídicamente relevantes y a las pruebas obtenidas legalmente, este no se lleva a cabo en
el procedimiento penal colombiano porque no hay un precepto legal que lo regule o lo instituya.
Para llenar ese vacío legal y garantizar el derecho al debido proceso y a la recta administración de
justicia, la Corte Suprema de Justicia propone que el control sea ejercido por un juez de conocimiento.
Este artículo analiza si la postura adoptada por la Sala de Casación Penal, en la Sentencia de 11
de diciembre de 2018, se ajusta a los presupuestos del Estado social y democrático de derecho y
a los fines del derecho procesal penal. Se concluye que la respuesta ofrecida por la Corte para la
resolución de problemas que acarrea la ausencia de control a la acusación es insuficiente, pues, si el
juez de conocimiento ejerce tal control, se contamina con los hechos y las pruebas que estructuran
los cargos de la Fiscalía, antes del juicio oral y de que la defensa exponga su teoría del caso. Con
ello se violenta la imparcialidad del mismo, al brindar una segunda oportunidad a la Fiscalía para
que corrija sus errores, lo cual elimina la igualdad de las partes en el proceso.
Palabras clave: cuestiones políticas y jurídicas, administración de justicia, derecho penal.
El autor: doctor en Derecho. Docente de la,Universidad Católica de Colombia. Correo electrónico:
adaza@ucatolica.edu.co
Recibido: 15 de febrero 2020; Evaluado: 10 de marzo 2020; Aceptado: 15 de abril 2020
Alfonso Daza González
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NOVUM JUS • ISSN: 1692-6013 • E-ISSN: 2500-8692 • Volumen 14 N
o
. 2 • Julio - Diciembre 2020 • Págs. 259-278
DOI: 10.14718/NovumJus.2020.14.2.11
ANALYSIS: INDICTMENT CONTROL. JUDGMENT OF
DECEMBER 11, 2018, SUPREME COURT OF JUSTICE
ALFONSO DAZA GONZÁLEZ
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COLOMBIA
Abstract
Although criminal indictment control should be a measure to protect the fundamental rights of those
accused of crimes, insomuch as it limits the prosecutor’s discretion and requires him or her to focus
on legally relevant facts and evidence obtained legally, this is not carried out in Colombian criminal
procedure because there is no legal precept that regulates or institutes it. To fill this legal gap and
guarantee the right to due process and the proper administration of justice, the Supreme Court of
Justice proposes the control be carried out by a presiding judge. This article analyzes whether the
posture the Criminal Cassation Chamber adopted in its Judgment of December 11, 2018 complies
with the premises of social democratic rule of law and the objectives of criminal procedure law. It
concludes that the response the Court offers for the resolution of the problems caused by the lack
of indictment control is insufficient, as if the presiding judge exercises this control, he or she will be
contaminated with the facts and the evidence that structures the prosecutor’s charges prior to the
oral trial and to the presentation of the defense’s theory of the case. This violates the impartiality
of the trial, as it gives the prosecutor a second opportunity to correct his or her errors, which violates
the equality of the parties to the process.
Keywords: political and legal questions, administration of justice, criminal law.
Author: doctor in Law. Professor at Universidad Católica de Colombia. Email: adaza@ucatolica.edu.co
Received: February 15, 2020; Reviewed: March 10, 2020; Accepted: April 15, 2020

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