Análisis de la normatividad de países suramericanos relacionada con los derechos de propiedad intelectual aplicables a medicamentos - Núm. 28, Julio 2019 - Revista La Propiedad Inmaterial - Libros y Revistas - VLEX 839867302

Análisis de la normatividad de países suramericanos relacionada con los derechos de propiedad intelectual aplicables a medicamentos

AutorManuel Machado Beltrán - Hernán Núñez Rocha - Ángela Acosta
CargoInvestigador Asociado del Instituto Suramericano de Gobierno - Investigador Asociado del Instituto Suramericano de Gobierno - Especialista de Medicamentos y Tecnologías Sanitarias, licenciada en química farmacéutica en la Universidad Nacional de Colombia
Páginas5-42
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resumen
El presente trabajo presenta una revisión que identifica diversos mecanismos ju-
rídicos y comerciales utilizados actualmente con el fin de mantener condiciones
favorables de mercado para determinados productos farmacéuticos. Mediante una
consulta exhaustiva de información tanto a diversas autoridades nacionales de los
países de Suramérica como a información publicada, se establece el estado actual
normativo en ámbitos relacionados con la exclusividad de mercados otorgada a
los medicamentos vía patentes y otras vías; el análisis de esta descripción se realiza
a la luz de pautas de salud pública formuladas e implementadas en varios de los
países de la región.
anlisis de la normatividad de pases
suramericanos relacionada con los
derechos de propiedad intelectual
aplicables a medicamentos
* Investigador Asociado del Instituto Suramericano de Gobierno, isagsunasur,
estudiante de Doctorado de Ciencias Farmacéuticas en la Universidad Nacional de
Colombia. Bogotá DC. (Colombia). Contacto: mamachadob@unal.edu.co. Fecha de
recepción: 10 de junio de 2019. Fecha de aceptación: 10 de septiembre de 2019. Para
citar el artículo: Machado Beltrán, Manuel; Núñez Rocha, Hernán y Acosta, Án-
gela. Análisis de la normatividad de países suramericanos relacionada con los derechos
de propiedad intelectual aplicables a medicamentos. Revista La Propiedad Inmaterial n.º
28, Universidad Externado de Colombia, julio-diciembre 2019, pp. 5-42. doi: https://
doi.org/10.18601/16571959.n28.01
** Investigador Asociado del Instituto Suramericano de Gobierno, isagsunasur,
fue Gerente de Propiedad Intelectual en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación senescyt del Ecuador, y Director del Instituto Ecuatoriano de
la Propiedad Intelectual, iepi; jurista especializado en propiedad intelectual en materias
como patentes y acceso a medicamentos, actualmente es doctorando investigador y coor-
dinador de la Cátedra Ingenios, en la Universidad de Alcalá; investigador colaborador del
Instituto Universitario de Investigación en Estudios Latinoamericanos –ielat–; miembro
del Consejo Académico de la Cátedra Unesco Libertad de Expresión y Sociedades del
Conocimiento. Alcalá (España). Contacto: hernan.nunez@sucoserrat.com.
*** Especialista de Medicamentos y Tecnologías Sanitarias, licenciada en química far-
macéutica en la Universidad Nacional de Colombia, tiene una maestría en efectividad
clínica y sanitaria de la Universidad de Buenos Aires y es Doctora en ciencias farma-
céuticas por la misma institución. Se desempeñó como líder y asesora para el Invima y
el Ministerio de Salud de Colombia en áreas de regulación de medicamentos y política
farmacéutica; ha participado de varios proyectos para la ops/oms y el bid, investigadora
especializada en salud pública y medicamentos. Rio de Janeiro (Brasil). Contacto: ange-
laacosta@isags-unasur.org.
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Manuel Machado Beltrán, Hernán Núñez Rocha y Ángela Acosta
Palabras clave: Patentes; Productos farmacéuticos; adpic; omc; pph; Linkage;
unasur.
Analysis of the normativity of South American
countries related with intellectual property
rights applicable to medicines
abstract
This paper presents a review that identifies various commercial and legal mecha-
nisms currently used to maintain favorable conditions for certain pharmaceutical
products market. Through a consultation of information to various national autho-
rities of the South American countries and published information, the normative
status is set in fields related to the market exclusivity granted to the medicines
through patents and other mechanisms; the analysis of this description is done
under the perspective of public health guidelines formulated and implemented in
several countries of the region.
Keywords: Patents; Pharmaceutical Products; adpic; wto; pph; Linkage; unasur.
introducción
El objetivo de la presente investigación fue realizar una revisión del marco norma-
tivo de cada uno de los países de Suramérica respecto a la propiedad intelectual
asociada a medicamentos y ofrecer un análisis de dicho marco legislativo a la luz
de la salud pública. En ese sentido, se presentan a continuación antecedentes útiles
para comprender el contexto general de los derechos relacionados con propiedad
intelectual, su transición internacional relacionada con la promoción de desarro-
llo, así como las condiciones comerciales que vinculan las patentes y los procesos
metodológicos que dieron lugar.
i. breve historia de la propiedad intelectual
y de su internacionalización
El reconocimiento y protección de los derechos similares a lo que ahora conocemos
como propiedad industrial fue regulado de manera incipiente en la antigua Grecia
desde hace más de 2 mil quinientos años, teniendo como propósito primordial el
estímulo a la innovación culinaria1.
1 European Patent Office (epo), “Patent Teaching Kit, Munich, Alemania: European
Patent Academy”, 2009.
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análisis de la normatividad de países suramericanos relacionada
con los derechos de propiedad intelectual aplicables a medicamentos
Muy ulteriormente en la Edad Media, alrededor de los siglos xii y xiii, en la
extinta República de Venecia se empezó a desarrollar el concepto de propiedad
industrial mediante fórmulas estatales para recompensar y estimular la actividad
inventiva2. Con posterioridad, entre los siglos xv y xvii, se desarrollaron los de-
nominados “privilegios de invención” con una marcada vocación monárquica,
pero cuyo fin, sin embargo, era recompensar al “privilegiado” por llevar a cabo la
invención3.
Dentro del contexto de los privilegios, en el año 1474, el Senado de Venecia
promulgó la que se conoce como la primera Ley de Patentes4 con el fin de apro-
vechar los avances tecnológicos desarrollados fuera de su territorio, promover la
innovación y proteger el honor de los inventores5. Se estima que en Venecia se
expidieron unas 600 patentes entre 1474 y 1594; uno de los inventores y titulares
de patente fue Galileo que desarrolló una bomba de agua6.
Como se puede observar, en los antiguos sistemas de protección de las creacio-
nes inmateriales existían regímenes precarios de protección de los intangibles, por
cuanto el concepto de propiedad industrial no había sido aún desarrollado. Sin
embargo, dentro de estas antiguas regulaciones, ya se puede advertir el uso instru-
mental de la propiedad industrial, por cuanto fue concebida como un conjunto
de herramientas o medidas que coadyuven a la protección de la producción local,
así como a alcanzar el emparejamiento tecnológico con las industrias extranjeras.
Posteriormente, en distintas naciones occidentales, se fueron dando variados
textos legales tendientes a proteger las diferentes categorías o modalidades que
ahora conforman la propiedad intelectual. En ese momento, estas regulaciones
eran eminentemente territoriales, ya que limitaban el concepto de invención a su
propio ámbito geográfico, sin importar que dichas creaciones ya existieran fuera
de sus fronteras, ya que lo importante era fomentar la innovación dentro del res-
pectivo Reino o Estado.
En 1873, por motivo de la Exposición Internacional de Invenciones de Viena,
los inventores advirtieron la necesidad de que existieran estándares comunes de
propiedad intelectual a nivel internacional, con el objeto de evitar que sus inven-
ciones fueran copiadas por terceros al momento de difundirlas en la exposición.
2 Long, Pamela, “Invention, Authorship, Intellectual Property, and the Origins of Pat-
ents: Notes toward a Conceptual History”, Technology and Culture, 32.4 (1991), 846–84.
3 Mcleod Christine, “Inventing the Industrial Revolution. The English Patent
System,. Cambridge, United Kingdom: Cambridge University Press”, 1988. 1660-1800.
4 Plasseraud Y. & Savignon F., L”État et l”invention: Histoire Des Brevets, Institut
National de La Propriété Industrielle, París, 1986.
5 Esta Ley instauró por primera vez los derechos exclusivos de la invención, al estable-
cer que “Cualquier persona de esta ciudad que fabrique un artilugio nuevo e ingenioso,
que hasta la fecha nadie haya realizado en nuestros dominios, deberá, tan pronto como
dicho artilugio esté suficientemente perfeccionado como para poder ser usado y experi-
mentado, notificárselo a nuestra Oficina Judicial Estatal, y quedará prohibido durante
10 años para cualquier persona hacer artilugios análogos o semejantes, en cualquiera de
nuestros territorios” (epo, 2009).
6 epo, 2009, op. cit.

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