Un análisis en torno a la aplicación del fin del peligro de la comunidad y el alcance de la presunción de inocencia en la sentencia C-469 de 2016. - Núm. 93, Julio 2019 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 839867137

Un análisis en torno a la aplicación del fin del peligro de la comunidad y el alcance de la presunción de inocencia en la sentencia C-469 de 2016.

AutorOscar Alejandro Castaño López - Jhon Fredy Ríos Agudelo
CargoEstudiante de la Maestría en Derecho penal. U. EAFIT - Estudiante de la Maestría en Derecho penal. U. EAFIT
Páginas281-295
Nuevo Foro Pe nal No. 93, julio- diciembre 2019 Univ ersidad EAFI T 281
casTaño lópez, óscar aleJandro. ríos aGudelo, Jhon
fredy, “Un análisis en torno a la aplicación del fin del
peligro de la comunidad y el alcance de la presunción
de inocencia en la sentencia C-469 de 2016, Nuevo
Foro Penal, 93, (2019)
Un análisis en torno a la aplicación del fin
del peligro de la comunidad y el alcance de
la presunción de inocencia en la sentencia
Comments on the sentence by the Constitutional Court,
C- 469, 2 016 .
Óscar aleJandro cas Taño lÓpez1
Jhon fredy ríos aGudelo2
1. Problema jurídico
La Corte Constitucional en la sentencia C-469 de 2016, se pronuncia sobre el artículo
310 del CPP, el cual versa sobre el fin de protección frente al peligro para la comunidad.
Es de anotar que la Corte se ha pronunciado en dos ocasiones sobre el mismo artículo, en
las sentencias C-1198 de 2008 y en la C-121 de 2012. La Corte analiza los argumentos del
actor en el sentido de determinar si en efecto la disposición demanda va en contravía de
los postulados de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y de la postura
desarrollada por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte
IDH) en materia de la protección a la libertad.
El actor realiza un cuestionamiento en torno al fin de la medida de aseguramiento
atinente al “peligro para la comunidad”. En su sentir, esta posibilidad de imponer la
detención preventiva, viola la CADH y la interpretación o postura de la Corte IDH sobre
el particular, toda vez que para la Corte IDH, solo son plausibles los fines que se orienten
a la protección del proceso propiamente dicha (peligro de fuga u obstrucción de la
1 Estudiante d e la Maestría en Derech o penal. U. EAFIT. Cont acto: oacastanol@ea fit.edu.co
2 Estudiante d e la Maestría en Derech o penal. U. EAFIT. Contacto: jfriosa@eafit.edu.co
Revista Nu evo Foro Penal Vol . 15, No. 93, julio-di ciembre 2019, pp. 281-295, U niversidad E AFIT, Medell ín (ISSN 0120-8179)

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