Anexo 2. Glosario - Precedente judicial en el Contencioso Administrativo: estudio desde las fuentes del derecho - Libros y Revistas - VLEX 684145141

Anexo 2. Glosario

AutorPaola Marcela Iregui Parra
Páginas133-134

Page 133

• Doctrina constitucional: es el nombre con el que se designan las interpretaciones que hace la Corte Constitucional de la Constitución y de las leyes, con ocasión del ejercicio de sus competencias, mediante autos y sentencias. Esta puede ser interpretativa o integradora.

• Doctrina legal: término anterior a la doctrina probable consistente en la interpretación que la Corte Suprema dé a unas mismas leyes en tres decisiones uniformes.

• Doctrina probable: fue establecida por el artículo 4 de la Ley 169 de 1896 y consiste propiamente en el estatus o condición que tiene una interpretación de la Corte Suprema de Justicia como tribunal de casación, cuando ha reiterado un mismo punto de derecho en tres decisiones uniformes.

• Interpretación constitucional: la labor que realiza la Corte Constitucional en su tarea de salvaguardar la Constitución y ser su legítimo interprete a través de sus sentencias, convirtiendo estas últimas en fuente de derecho al ser las que permiten la aplicación directa de la Constitución.

• Fuentes del derecho: los hechos y los actos jurídicos cuyo resultado es la creación de “normas jurídicas”. En este sentido, las fuentes del derecho son todos los factores que le ayudan a tomar las decisiones al juez.

• Fuerza vinculante: referida al precedente, hace relación al vínculo que tiene el juez con las reglas o ratio decidendi de las decisiones de las corporaciones judiciales de cierre para la solución de nuevos casos.

• Jurisprudencia: es el nombre genérico que se da a las sentencias proferidas por los jueces, los tribunales y las cortes.

• Jurisprudencia como precedente: son las reglas contenidas en las sentencias proferidas por los órganos judiciales de cierre jurisdiccional, las cuales vinculan tanto a los tribunales, a los jueces y al propio órgano productor, como a las demás autoridades públicas y a los particulares.

• Jurisprudencia como criterio auxiliar: son las decisiones y...

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