Argumentaciones y negociaciones en los procesos de transición política - Aproximaciones a un concepto complejo de justicia transicional - La justicia de transición: concepto, instrumentos y experiencias - Libros y Revistas - VLEX 632463237

Argumentaciones y negociaciones en los procesos de transición política

AutorJuan Ramón de Páramo Argüelles
Cargo del AutorUniversidad de Castilla-La Mancha
Páginas3-24
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Argumentaciones y negociaciones
en los procesos de transición política
Juan Ramón de Páramo Argüelles
Universidad de Castilla-La Mancha
I
La proliferación de procesos de negociación y acuerdos de paz y las sucesivas
“olas de democratización” que desde el último cuarto del siglo pasado cerra-
ron largos periodos de regímenes autocráticos en el mundo han suscitado la
pregunta sobre cuál debería ser el tratamiento de los crímenes y delitos come-
tidos en el pasado durante los procesos de transición en estas sociedades. Esta
cuestión pone el relieve en el reto de garantizar la protección de los derechos
de las víctimas de las agresiones, pero considerando las particularidades de
estos procesos, y también en el de conseguir desenlaces favorables permanen-
tes y estables (cese de hostilidades, vuelta a la vida civil de excombatientes,
reinserción de los terroristas, normalización democrática, estabilidad políti-
ca, etc.). Todo ello ha alimentado la discusión y la producción académica, en
particular en las últimas dos décadas, acerca de las características, alcances y
límites de la justicia en procesos de transición.
Es necesario considerar que cada proceso de transición tiene sus particu-
laridades, en la medida en que los mecanismos jurídicos y políticos se denen
de acuerdo con las características culturales, históricas y las motivaciones de
los actores de las sociedades en las que se desarrollan. El Derecho no consiste
solo en normas, sino que también consta de actitudes, comportamientos,
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instituciones, violencia, roles, razonamientos, etc. Santos (2009: 57) habla
de tres componentes estructurales del Derecho: la retórica, la burocracia y la
violencia, entidades que varían internamente, así como en sus articulaciones
recíprocas e interdependientes. Los ámbitos jurídicos pueden entenderse
como constelaciones de retórica (argumentaciones y negociaciones), buro-
cracia (normas e instituciones) y violencia (amenazas, poder y fuerza). En ese
sentido, existen peculiaridades en los procesos de transición de los Estados
que han atravesado crisis democráticas, en cuanto rupturas de sus regímenes
democráticos, como ocurrió con las dictaduras en América Latina. Así mis-
mo, existen situaciones de conicto armado o de guerras donde no solamente
se presenta el quebrantamiento de las normas del Derecho internacional de
los derechos humanos, sino también la conculcación de las normas del De-
recho Internacional Humanitario, lo que promueve una gran variedad de
instrumentos de la llamada geometría de la justicia transicional, que no es más
que la existencia de un conjunto de mecanismos políticos, jurídicos y éticos
que deben responder al necesario equilibrio entre los valores de la paz y de la
justicia en el marco de un Estado social y democrático de Derecho. Y en este
diseño, los tres planos señalados —la retórica argumentativa, la burocracia
normativa y la violencia institucionalizada— marcan caminos insoslayables.
Desde el punto de vista de su nalidad, podemos decir que la justicia de
transición abarca toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los
intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado
de abusos a gran escala, con el n de que los responsables rindan cuentas de
sus actos, sirvan a la justicia y logren la reconciliación y estabilidad política. Se
entiende que los mecanismos de la justicia transicional abordan la herencia de
violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario
durante la transición de una sociedad que se recupera de un conicto o un
régimen autoritario. Es decir, un entramado de problemas jurídicos, políticos,
éticos y sociales que exigen preguntas y respuestas complejas. Los elementos
estructurales del Derecho no siempre son analizados en sus complejas interre-
laciones, debido a la centralidad del papel del Estado que tiende a aminorar el
uso de la retórica y la violencia y a sobrevalorar la idea del Derecho como un
producto burocrático/normativo destinado al control de la organización de la
sociedad civil y de las relaciones privadas. Creo que el ámbito de actuación de
la justicia transicional pone de maniesto lo sesgado de esta concepción, por
otro lado dominante en la cultura jurídica occidental, porque en la aplicación
La justicia de transición: concepto, instrumentos y experiencias
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