Aspectos generales - Guía laboral 2011 - Libros y Revistas - VLEX 356947126

Aspectos generales

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CAPÍTULO 1
Aspectos generales
Después de esta breve presentación, entraremos en materia haciendo referencia
a unos temas teóricos del derecho laboral que son importantes de conocer, por
cuanto nos permite tener ideas claras que más adelante nos facilitarán el entender
con mayor facilidad algunos temas.
Legislación que regula una relación laboral
En Colombia, la relación laboral entre la empresa y el trabajador está regulada
por el Código Sustantivo del Trabajo y sus normas reglamentarias, [al igual que
el Código Procesal], junto con la doctrina o cial y la jurisprudencia de las altas
cortes, como es el caso de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia
[Sala de Casación Laboral]. Igualmente, hacen parte de la regulación laboral los
convenios internacionales rati cados por el congreso de la república y los pactos
convencionales.
Objeto. La nalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia
en las relaciones que surgen entre patronos y trabajadores, dentro de un
espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Las normas laborales, como toda ley, deben ser promulgadas por el Congreso
de la República; al respecto, nuestra constitución Política, en su artículo 53,
establece que:
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Guía Laboral 2011
El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá
en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:
Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima
vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad
en el empleo; irrenunciabilidad a los bene cios mínimos establecidos
en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos
inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de
duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho;
primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos
de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación,
el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer,
a la maternidad y al trabajador menor de edad.
El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico
de las pensiones legales.
Los convenios internacionales del trabajo debidamente rati cados, hacen
parte de la legislación interna.
La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden
menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los
trabajadores.
Se observa que tanto el artículo 1º del Código Sustantivo del Trabajo, como el
artículo 53 de la Constitución Nacional, hacen énfasis en el equilibrio y bene cio
social que deben perseguir las normas laborales, objetivos y pretensiones que no
siempre se han conseguido, como sucedió con la expedición de la ley 789 de 2002
y la posterior declaración de exequibilidad por parte de la Corte Constitucional
en dos ocasiones.
En todo caso, el marco jurídico general que regula las relaciones laborales entre
el trabajador y su empleador, contiene los elementos necesarios y su cientes
para garantizar de forma aceptable los derechos del trabajador, lo cual se puede
interpretar como un éxito después de muchos años de exigencias por parte de
sindicados y defensores de los derechos laborales.
Es importante anotar, que en aquellos casos no de nidos ni contemplados por la
ley, es preciso recurrir a la doctrina emitida por las diferentes entidades que de
una u otra forma tienen relación con la nómina de una empresa, como es el caso
de las superintendencias o el Ministerio de la Protección Social. De igual modo,
la jurisprudencia de la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y de la Corte
Suprema de Justicia, son una excelente fuente de derecho para aquellos casos
particulares en los que se evidencia un vacío legal.
Aplicación territorial del Código Sustantivo del Trabajo
El artículo 2º del Código Sustantivo del Trabajo, contempla que este mismo
será aplicado dentro del territorio Colombiano y para todos sus habitantes, sin
distinguir entre estos su calidad de nacionales o extranjeros.
El principio de territorialidad de la ley también se aplica en la legislación laboral,
por tanto, todo contrato laboral que se rme en el país, sin importar si una de las

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