Aspectos tributarios de la ampliación de la Unión Europea - Núm. 2, Marzo 2011 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 736961353

Aspectos tributarios de la ampliación de la Unión Europea

AutorAndrea Amatucci, traducción de Juan Camilo Restrepo Salazar
Páginas83-90
83
* Traducción realizada por JUAN CAMILO RESTREPO, profesor titular de la Universidad Externado
de Colombia. Abogado de la Universidad Javeriana y doctor en Derecho Administrativo de la
Universidad de París, y Derecho Económico en London School of Economics. Fue Ministro de
Hacienda y Crédito Público.
** Profesor Ordinario en la facultad de Jurisprudencia de la Universidad Federico II de Nápoles,
en la cátedra de Derecho Tributario.
ASPECTOS TRIBUTARIOS
DE LA AMPLIACIÓN DE LA
UNIÓN EUROPEA*
ANDREA A MATUCCI**
Sumario:
Fases de la ampliación de la Unión Europea. La fiscalidad nacional y
comunitaria constituye un instrumento fundamental para alcanzar los
objetivos propuestos. La tutela del ambiente exige tener en cuenta que
las normas del tratado imponen el objetivo del máximo no de produc-
ción, sino de bienestar, lo cual presupone que la obtención de los objeti-
vos así reclamados no debe comprometer la plena tutela de los valores
de la persona humana. La línea de demarcación entre el lícito ahorro en
el pago de impuestos y la elusión no es estable ni está definida, sino que
es el resultado de dos elementos: la metodología interpretativa y el nivel
de evolución del propio ordenamiento jurídico. Será fundamental el rol
de la producción jurídica comunitaria en materia tributaria con el fin de
conseguir los objetivos de política económica y social, en el contexto de
un desarrollo armonioso.
1. Fases de la ampliación de
la Unión Europea
La primera fase (1973-1981) de la amplia-
ción (Dinamarca, Irlanda, Reino Unido y,
posteriormente, Grecia) tuvo lugar dentro
del ámbito del Mercado Común, es decir,
de una Unión Aduanera, caracterizada prin-
cipalmente por la libre circulación de mer-
cancías.
Se trató por lo tanto de una ampliación
significativa respecto al número exiguo de
países fundadores, enmarcada sin embargo
en una fase inicial del proceso de integra-
ción del área económica de los estados y de
la harmonización de los ordenamientos ju-
rídicos nacionales.
La segunda fase (1986) de la ampliación
(España y Portugal) se realizó en el contexto
del mercado único en relación con las cuatro
libertades fundamentales de circulación (de
bienes, servicios, personas y capitales), sen-
tando las bases para la cooperación en mate-
ria de política externa. La ampliación resultó
por eso limitada a solo dos nuevos países,
pero en el ámbito de un proceso de integra-

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