La búsqueda de un consenso jurídico internacional contra la desaparición forzada de personas - La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos - Libros y Revistas - VLEX 697632117

La búsqueda de un consenso jurídico internacional contra la desaparición forzada de personas

AutorCarlos Mauricio López Cárdenas
Páginas93-191
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Capítulo II
La búsqueda de un consenso jurídico
internacional contra la desaparición forzada
de personas
“El derecho es una idea práctica, es decir, indica un n, y como toda idea
de tendencia, es esencialmente doble porque encierra en sí una antítesis,
el n y el medio. [...] Más el medio, por muy variado que sea, se reduce
siempre a la lucha contra la injusticia. La expresión del derecho encierra
una antítesis que nace de esta idea, de la que es completamente insepara-
ble: la lucha y la paz; la paz es el término del derecho, la lucha es el medio
para alcanzarlo”1. Así, como lo consideraría uno de los mayores lósofos
del derecho, Rudolf Von Ihering, cualquier investigación que conduzca a
desentrañar el sentido del derecho, no solo debe centrarse en su n, sino
que debe vislumbrar el camino que tuvo que recorrer: mostrar la lucha del
individuo por el derecho.
Bajo esta premisa, el presente capítulo tiene el objetivo de realizar una
síntesis sobre la forma como el derecho internacional fue adaptándose a
la lucha contra la desaparición forzada de personas. Con este propósito, el
hilo conductor se articula mediante tres ejes temáticos:
El primero, encargado de señalar un conjunto de disposiciones in-
ternacionales, cuyas descripciones normativas coadyuvan la lucha contra
la desaparición forzada; esta sección abarca los principales instrumentos
internacionales que han establecido normas o estándares que resultan apli-
cables en una situación típica de desaparición. Para realizar este estudio, la
1 Rudolf Von Ihering, “La lucha por el derecho”, en 3 estudios jurídicos [Der Kampf ums Recht],
trad. Adolfo González Posada (Buenos Aires - Argentina: Atalaya, 1947), 163-246, p. 163.
La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos
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sección ha sido dividida en dos: por una parte, se señalan los instrumentos
de carácter declarativo que, sin ser vinculantes en sí mismos, han alcanza-
do diferentes grados de ecacia jurídica y, por otra parte, se desarrollan los
tratados internacionales, cuyas normas de carácter obligatorio, consolidaron
un régimen jurídico en la lucha contra la desaparición forzada, en aquella
época en la que aún no se vislumbraba la posibilidad de construcción de
un sistema autónomo que hiciera frente a este fenómeno.
Esta primera parte, la más extensa dentro del capítulo, pone en eviden-
cia todo el marco jurídico internacional que gira en torno a la desaparición
de una persona. Su construcción no ha sido caprichosa, sino que obedece
al ánimo de evidenciar la forma como el derecho internacional fue adap-
tándose; el orden cronológico a través del cual se construye este capítulo,
permite observar cómo la especialización del derecho internacional no
solo fue estableciendo nuevas obligaciones para los Estados, sino también
la forma como el derecho le respondió a las víctimas.
Por su parte, el segundo eje se centra en evidenciar la lucha de los
familiares de aquellas personas que nunca regresaron a sus hogares, para
lograr que la comunidad internacional estableciera el derecho humano a
no ser desaparecido; esta sección realiza, por lo tanto, un recuento de los
borradores de declaraciones y convenciones internacionales redactados
por los familiares y las asociaciones de víctimas, los cuales se constituirían
en la base de las normas actuales sobre desaparición. Esta sección no solo
pretende hacer un reconocimiento expreso a los familiares de los desapa-
recidos, sacando del anonimato sus acciones, sino poner en evidencia que
fue gracias a su lucha que hoy existe un régimen jurídico especializado en
contra de la desaparición.
Por último, el tercer eje temático analiza los antecedentes y principales
aspectos jurídicos de los tres instrumentos internacionales —la Declara-
ción, la Convención Interamericana y la Convención internacional contra
la desaparición forzada— que de manera directa afrontan la lucha contra
este agelo; esta sección solo pretende evidenciar que la lucha del indi-
viduo, representado a través de los familiares, logró llamar la atención de
la comunidad internacional y forzar al ordenamiento internacional para
concebir un derecho humano, por lo cual, no solamente muestra los vacíos
y las dicultades que fueron afrontados en su redacción, sino también su
evolución. En este sentido, cada sección analiza la forma como se constru-
La búsqueda de un consenso jurídico internacional contra la desaparición forzada de personas
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yó la denición de la desaparición forzada, sus elementos y consecuencias,
de manera que no pretende entrar al detalle de cada uno de estos instru-
mentos, sino resaltar los aspectos más relevantes para los propósitos del
presente documento.
1. Instrumentos internacionales cuyas disposiciones
tangencialmente coadyuvan la lucha contra la desaparición
1.1. Instrumentos de carácter declarativo: los orígenes jurídicos de la
construcción del régimen internacional contra la desaparición forz ada
1.1.1. El germen de la lucha contra la desaparición: las declaraciones
Americana y Universal de los Derechos Humanos (1948)
La Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre2, primer
instrumento internacional de derechos humanos de carácter general, aunque
regional3, al igual que la Declaración Universal de los Derechos Huma-
nos4, pueden considerarse los primeros instrumentos internacionales con
provisiones normativas para garantizar los derechos de los desaparecidos.
En efecto, la mayoría de los textos normativos que serán reseñados en
el presente capítulo tienen como fundamento jurídico una amalgama de
disposiciones que, de manera directa, desarrollan, profundizan y precisan
en la tabla 1.
Aunque siempre ha sido puesta en duda la fuerza vinculante de estos
instrumentos5, no cabe duda que sus disposiciones han sido empleadas
2 Aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana en Bogotá, Colombia, de 2 de
mayo de 1948.
3 Rojas Báez, El establecimiento de la responsabilidad..., 7-35, p. 17.
4 Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su Resolución 217 A (III), de 10 de
diciembre de 1948.
5 Sobre la fuerza vinculante de la Declaración Universal: Ramcharan, e legal status..., 366-383,
pp. 367-369; Nikken, La fuerza obligatoria..., 329-349; Buergenthal, Declaración Universal..., 31-33;
Hannum, e status of the Universal Declaration..., 287-398, pp. 340-351; Oraá y Gómez Isa, La
Declaración Universal..., pp. 117-142; Fernández Liesa, El derecho internacional..., p. 191; Guillermo
Enrique Estrada Adán, “La protección internacional de los derechos humanos: Aspectos generales
(los derechos humanos en el marco internacional)”, en Derecho internacional de los derechos humanos:
Manual, eds. Carlos Fernández de Casadevante Romaní y Guillermo Enrique Estrada Adán (México:
Porrúa, Facultad de Derecho , 2014), 53-80, p. 57. Sobre la fuerza vinculante de la Declaración

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