La búsqueda de soluciones específicas - Límites jurisprudenciales del arbitraje en los contratos públicos - El arbitraje en los contratos concluidos por la administración - Libros y Revistas - VLEX 52386367

La búsqueda de soluciones específicas

AutorMyriam Salcedo Castro
Páginas164-169

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El régimen jurídico del arbitraje en los contratos de la administración posee en Colombia normas tanto en el ámbito interno como en el internacional, mediante las cuales se autoriza que se pacte dicho mecanismo para resolver las controversias surgidas de dichos contratos.

Particular importancia tiene la ratificación de la Convención de Washington de 1965 y los Acuerdos Bilaterales de Promoción y Protección a la inversión, toda vez que comprometen la responsabilidad y la 'seriedad' del Estado colombiano internacionalmente. En efecto, "Asistimos, con estos tratados bilaterales de protección a la inversión a una internacionalización de los acuerdos contractuales suscritos por les Estados".66

Nos referimos al "Estado" independientemente de que los actos contrarios a estas disposiciones se realicen por cualquiera de los órganos internos del Estado, llámese administración o jurisdicción, puesto que como bien sabemos en el ámbito internacional es el Estado quien es sujeto de derecho internacional.

En Francia, sabemos que el arbitraje en materia de contratos administrativos es bastante limitado y sólo se admite para las personas morales de derecho público expresamente facultadas para ello; básicamente, cuando dichas personas ejercen actividades comerciales, que tienen una conexión con un elemento internacional y, en el caso más antiguo, para la liquidación de los marchés publics.

Contrariamente a lo anterior, en el ámbito internacional el desarrollo ha sido diferente. En efecto, el artículo 55 de la Constitución de 1958 admite la superioridad de los tratados sobre el derecho interno, verbigracia, convenciones internacionales relativas al arbitraje internacional, entre las cuales es particularmente importante la Convención de Washington de 1965 y los 65 Acuerdos bilaterales de promoción y protección de la inversión, de los cuales Francia es parte.67 Page 165

Resulta entonces importante resaltar que de acuerdo con el régimen jurídico del arbitraje internacional, es el juez judicial68 quien tiene la competencia para pronunciarse en casos de arbitraje internacional -lo cual hace que este tenga su propia posición- que resulta diferente a la asumida por la jurisdicción administrativa.

En Colombia, el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, y en Francia, tanto el Consejo de Estado como la Corte de Casación y las Cortes de apelación han tenido la ocasión de pronunciarse sobre el arbitraje interno e internacional, en lo concerniente a los contratos celebrados por la administración, sujetos a un régimen jurídico de derecho interno, y a aquellos celebrados entre el Estado o una de sus entidades y un sujeto de derecho privado extranjero.

Se pretende en el presente capítulo hacer un análisis crítico de las soluciones adoptadas por la jurisdicción respecto a las diferentes preguntas surgidas de la aplicación del arbitraje en el campo de los contratos de la administración en Francia y en Colombia, tanto en el panorama interno como en el internacional.

Esto se hará teniendo en cuenta que no puede analizarse bajo una misma óptica el arbitraje pactado en los contratos que se realizan en el ámbito interno y aquel pactado en los contratos del ámbito internacional, puesto que este último posee un régimen jurídico más complejo, fundado en tratados internacionales que comprometen la responsabilidad internacional del Estado.

Análisis del estado actual de la cuestión en derecho interno y en derecho internacional en Colombia

Sabemos que en Colombia el artículo 7069 del estatuto general de contratación de la administración pública autorizó expresamente el uso del arbitraje para resolverPage 166 las controversias derivadas de la celebración, el desarrollo, la terminación y la liquidación de los contratos realizados entre el Estado y los particulares, e, igualmente, autorizó el arbitraje internacional en los...

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