El castigo retributivo en los procesos de justicia transicional: análisis de un debate - Aproximaciones a un concepto complejo de justicia transicional - La justicia de transición: concepto, instrumentos y experiencias - Libros y Revistas - VLEX 632463241

El castigo retributivo en los procesos de justicia transicional: análisis de un debate

AutorJerónimo Betegón Carrillo
Cargo del AutorUniversidad de Castilla-La Mancha
Páginas25-46
2
El castigo retributivo en los procesos de justicia
transicional: análisis de un debate
Jerónimo Betegón Carrillo
Universidad de Castilla-La Mancha
Los dilemas de la justicia transicional
Sin duda, una de las cuestiones más importantes en el orden ético y político
que deben afrontar aquellas sociedades a las que les toca vivir un periodo de
transición desde un régimen autoritario o totalitario a un gobierno demo-
crático es la de cómo afrontar los legados de represión. Tanto es así que, con
harta frecuencia, este trance se erige en el principal obstáculo, en el problema
con un mayor potencial desestabilizador del propio proceso de transición
(Barahona et al., 2001: 1).
La caída denitiva de un régimen autoritario o tiránico suele suscitar
emociones muy intensas, pero probablemente encontradas o de signo opuesto,
tanto positivas como negativas. John Elster nos recuerda, a modo de ejemplo
de lo anterior, cómo tras la liberación en Francia, al igual que sucedió el 8 de
mayo de 1945 en otros países que se encontraban bajo ocupación alemana, se
desató un júbilo generalizado. Más recientemente, la caída del muro de Ber-
lín concitó igualmente un entusiasmo generalizado y la ciudadanía se echó
a la calle a celebrarlo aquella noche del 9 de noviembre de 1989. De modo
prácticamente simultáneo a esas explosiones de júbilo popular las transiciones
pueden y suelen provocar furiosas emociones de ira y deseo de venganza contra
los recién derrocados gobernantes y principales agentes del régimen anterior.
25
Y si algo resulta evidente, luego de un cambio de régimen, es el inuyente
papel que desempeña este conjunto de emociones en la determinación de los
procedimientos, mediante los cuales construir un nuevo y mejor sistema de
gobierno (Elster, 2006: 253). No debemos ignorar, por lo tanto, que las emo-
ciones asociadas a la ira que suscita la actuación de los gobiernos tiránicos son
emociones que demandan imperiosamente una respuesta retributiva.
Las anteriores no son las únicas posibles causas de una reacción de esta
clase. Carlos Santiago Nino aludió hace años (1996: 126 y 127) a una serie
de factores igualmente relevantes en este sentido y que apuntaban a un in-
cremento de la demanda de medidas punitivas, particularmente la atrocidad
de los crímenes cometidos, la cantidad absoluta y relativa de los abusos o la
identicación social con las víctimas de los abusos. Se pueden citar otros que
igualmente apuntarían en el mismo sentido, como el conocimiento que la
sociedad tenga de los abusos cometidos o el grado de prosperidad con el que
vivan sus autores después de la transición.
A pesar de la importancia que tiene todo lo ahora mencionado en la
comprensión normativa de los procesos de justicia transicional, no me voy a
ocupar directamente de ello y opto por el análisis del tipo de razones que cabría
alegar en favor de la satisfacción de esta demanda de retribución, es decir, de
la imposición de un determinado castigo, de la función que debe cumplir y
de su justicación; de las principales claves, en denitiva, para su comprensión
y juicio de aprobación. La pregunta por responder, visto el problema desde el
ángulo que ahora sugiero, sería entonces: ¿qué tipo de argumentos especícos
pueden actuar a favor de un castigo retributivo en un periodo de transición
democrática? Adelanto que la respuesta a lo planteado —si se adivina en las
páginas que siguen algo parecido a ello— tendrá un carácter tentativo y se
asemejará mucho más a un conjunto de disquisiciones exploratorias que a la
armación acerca de la presunta validez de una propuesta determinada.
La expresión justicia transicional, tan recurrentemente empleada, alude a
una serie amplia de prácticas, procedimientos y arreglos institucionales cuyo
objetivo, dentro de los límites impuestos por el Derecho internacional, es fa-
cilitar a las sociedades que han estado o están inmersas en conictos violentos
o regímenes dictatoriales, la transición hacia una situación de paz duradera,
democracia y respeto de los derechos humanos (Forcada, 2011: 9). Hay dos
cuestiones iniciales imbricadas en el signicado de esta idea a las que quiero
aludir brevemente. Ambas guardan una clara relación entre sí. La primera de
La justicia de transición: concepto, instrumentos y experiencias
26

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR