Cesión total de la posición contractual. - Núm. 2017, Enero 2017 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 692978741

Cesión total de la posición contractual.

AutorDerecho Justo

Luego del estudio de la situación, el Consejo de Estado, determinó que un contratista no puede reclamar judicialmente la nulidad de una resolución por medio de la cual se declaró su incumplimiento contractual, aún después de ceder en favor de una tercera sociedad la totalidad de los derechos y obligaciones derivados de la relación contractual.

De acuerdo a la argumentación del Alto Tribunal, si la cesión de la posición contractual es total, el cesionario es ahora la parte de la relación contractual cedida y por lo tanto el cedente deja de serlo.

Por tanto, se configura la falta de legitimación en la causa por activa de la demandante cuando pretende que se declare que la parte demandada incumplió el contrato, pues si por medio del contrato de cesión la demandante cedió la totalidad de...

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