Comentario a la sentencia del 17 de abril de 2018 [11001-22-04000-2017 -00107 00 (AR-001/17)] del Tribunal Superior de Bogotá. Acción de revisión adelantada por EAFIT y UNIANDES a propósito del indebido incremento punitivo de la Ley 890/04 en casos de ace - Núm. 90, Enero 2018 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 739862737

Comentario a la sentencia del 17 de abril de 2018 [11001-22-04000-2017 -00107 00 (AR-001/17)] del Tribunal Superior de Bogotá. Acción de revisión adelantada por EAFIT y UNIANDES a propósito del indebido incremento punitivo de la Ley 890/04 en casos de ace

AutorNorberto Hernández Jiménez
CargoDocente investigador de la Universidad Libre (Bogotá). Asesor docente del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes. Abogado, especialista y magister en derecho penal de la Universidad Libre (Bogotá). Especialista en derecho constitucional y en derecho administrativo de la Universidad del Rosario (Bogotá). Máster en criminología y...
Páginas254-260
Comentario a la sentencia del 17 de abril de
2018 [11001-22-04000-2017 -00107 00
(AR-001/17)] del Tribunal Superior de
Bogotá. Acción de revisión adelantada por
EAFIT y UNIANDES a propósito del indebido
incremento punitivo de la Ley 890/04 en
casos de aceptación de cargos para delitos
contra la vida de menores de edad.
Considerations on the sentence of 17 April, 2018, by
Bogotá Superior Court (11001-22-04000-2017 -00107
00 (AR-001/17)). Action for review file by EAFIT and
UNIANDES universities with regard to the improper
punitive increase of Law 890, 2004, in cases of
acceptance of charges for crimes against minors
NORBERTO HERNÁN DEZ JIMÉNEZ1
El 22 de julio de 2013 D.I.S.2 fue condenada a una pena de 450 meses de prisión
como autora responsable del delito de homicidio agravado (artículo 104-7 del Código
Penal) con circunstancia de mayor punibilidad (artículo 58-7 del Código Penal). La
situación fáctica descrita por el Juzgado 29 Penal del Circuito con funciones de
conocimiento de Bogotá se circunscribe a la muer te de M.Y.C.S. (de un año de edad)
el día 22 de agosto de 20113. En el transcurso del juicio oral, D.I.S. aceptó los cargos.
1 Docente investigador de la Universidad Libre (Bogotá). Asesor docente del Grupo de Prisiones de la
Universidad de los Andes. Abogado, especialista y magister en derecho penal de la Universidad Libre
(Bogotá). Especialista en derecho constitucional y en derecho administrativo de la Universidad del
Rosario (Bogotá). Máster en criminología y ejecución penal de la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona).
Doctor en Dere cho por la Universidad de l os Andes (Bogotá). Con tacto: noherji@gmail.com
2 Se hace reserva del nombre con miras a proteger la intimidad de la sentenciada. Igual acontece con
los demás nombres relacionados en la sentencia.
3 De conformidad con el escrito de acusación, el menor presentaba trauma craneoencefálico, hematoma
Revista Nu evo Foro Penal Vol. 14, No. 90, en ero-junio 2018, pp. 254 -260. Universida d EAFIT, Medellín (I SSN 0120-8179)

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