Competencia desleal entre abogados - Marketing jurídico - Libros y Revistas - VLEX 370649450

Competencia desleal entre abogados

AutorNatalia Tobón Franco
Páginas265-269
Competencia desleal entre abogados
265
para la sustitución o renuncia, ni que se presentaban razones para
justificar la sustitución”.603
Como se puede observar, al hablar de competencia desleal entre abogados
podemos encontrar tesis encontradas, muy serias, cada una llena de argumentos.
Sin embargo, nos preguntamos si existe la posibilidad de considerar una posición
intermedia, en la cual se acepte que los abogados no son sujetos de competencia
desleal cuando desarrollan actos estrictamente relacionados con el ejercicio de
su profesión, como s ería la presentación de una demand a o la elabor ación
de un concepto legal, pero sí cuando ejecutan actos preparatorios que sólo están
indirectamente relacionados con el ejercicio de su profesión.
Para terminar y por considerarlo pertinente para la comprensión del
tema, a continuación presentamos algunas precisiones básicas sobre el contenido
y alcance de las normas sobre competencia desleal en Colombia.
1. ¿Qué persiguen las normas sobre competencia desleal?
Las normas sobre competencia desleal pretenden sancionar la deslealtad, no
la competencia en sí. La Ley 256 de 1996 busca que todos los partícipes en
el mercado, “sean o no comerciantes, se abstengan en emplear en sus actos
competitivos medios o mecanismos que puedan ser calificados como deslea-
les”.604 En ese orden de ideas, la competencia desleal “no reprime la pérdida
de clientela, ni el deseo por alcanzar mayores ingresos como consecuencia de
la desviación de la clientela ajena, fines que son legítimos y naturales a un
mercado competitivo, sino solamente la utilización de medios indebidos para
competir, los cuales –precisamente por ser indebidos– distorsionan la realidad del
mercado, pueden causar perjuicio injustificado a quienes los sufren, y rompen
la igualdad de quienes compiten lealmente en el comercio”.605
603 Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-212, marzo 21/07, M.P.: Humberto Sierra
Porto.
604 Colombia, Superintendencia de Industria y Comercio. Sentencia 0001, agosto 19/05, en “Com-
pendio de doctrina y jurisprudencia de Industria y Comercio”, (en línea), disponible en: http://www.sic.
gov.co/Normatividad/Jurisprudencia/Competencia_Desleal.pdf. Recuperado 19 de agosto de 2007.
605 Ibíd.

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