Completitud de la oferta del contrato atípico: elementos esenciales del contrato atípico como requisito de delimitación del objeto de la oferta mercantil - Núm. 19, Enero 2018 - Revista Diálogos de Derecho y Política - Libros y Revistas - VLEX 744399957

Completitud de la oferta del contrato atípico: elementos esenciales del contrato atípico como requisito de delimitación del objeto de la oferta mercantil

AutorJuan Pablo Sánchez Trujillo
CargoAbogado de la Universidad Pontificia Bolivariana
Páginas103-118
Completitud de la oferta del contrato atípico:
elementos esenciales del contrato atípico
como requisito de delimitación
del objeto de la oferta mercantil
Juan Pablo Sánchez Trujillo
1
Resumen
El presente artículo pretende describir cuáles elementos de los contratos atípicos deben ser
definidos para que la oferta realizada sobre estos pueda ser considerada existente en Colombia, a la
luz de los requisitos de existencia del negocio jurídico; específicamente en lo relativo al objeto del
mismo. Para ello, se realizará un análisis jurisprudencial y doctrinal sobre la naturaleza del contrato
atípico y su tipicidad social; la cual podría esbozar una posible solución a la determinación de sus
elementos esenciales.
Lo anterior tiene sentido en tanto el artículo 845 del Código de Comercio Colombiano establece que
la oferta o propuesta de contratar deberá contener los elementos esenciales del contrato ofrecido.
Sin embargo, ha de señalarse que al momento de definir los elementos esenciales de los negocios
jurídicos atípicos surge un obstáculo, pues por la naturaleza de atipicidad que tienen estos tipos de
contrato, no es clara la aplicación de la regla general aportada por el Código civil para definir los
elementos esenciales de un contrato. Siendo así que sólo serían aplicables las normas generales
relativas a la existencia y validez del negocio jurídico, situación que da fundamento a la necesidad
de plantear una solución teórica y práctica al problema jurídico.
Palabras clave: Negocio jurídico; atípico; oferta; elementos esenciales; existencia; tipicidad.
1
Abogado de la Universidad Pontificia Bolivariana . Especialista en Derecho Privado de la Universidad de
Antioquia. Correo electrónico: juanpablosanchezt@hotmail.com
Artículo presentado para optar al título de especialista en Derecho Privado de la Universidad de Antioquia.
Citación de este artículo: Sánchez Trujillo, J. P. (2018). Completitud de la oferta del contrato atípico: elementos esenciales del
contrato atípico como requisito de delimitación del objeto de la oferta mercantil. Diálogos de Derecho y Política. (19). 103-
118. Recuperado de http://aprendeenlinea.udea.edu.co/revistas/index.php/derypol/article/view/331285/20787468
Diálogos de Derecho y Política \\ Número 19 \\ Año 8 \\ ISSN 2145-2784 \\ enero abril de 2018. Pág. 104
Completitud de la oferta del contrato atípico:
Elementos esenciales del contrato atípico como requisito
de delimitación del objeto de la oferta mercantil
Introducción
A manera de preámbulo al problema jurídico que se propone, resulta necesario precisar que
en virtud de lo dispuesto por el artículo 1501 del Código Civil "(…) Son de la esencia de un
contrato aquellas cosas sin las cuales, o no produce efecto alguno, o degeneran en otro
contrato diferente (…)”, lo cual lleva a que surja un problema jurídico dentro del régimen
de los contratos atípicos en Colombia, considerando que, por su naturaleza atípica, no es
posible establecer que ante la ausencia de uno de sus elementos este devenga en otro tipo
contractual, pues se estaría desconociendo la atipicidad del negocio jurídico si se lleva a un
tipo contractual la voluntad negocial de las partes. Ello porque la atipicidad del contrato
encajaría en el supuesto normativo de un contrato típico, dada su naturaleza atípica, salvo
que se esté ante la oferta de un contrato con características típicas y mal denominado
atípico, lo cual no es el supuesto que se pretende estudiar.
Por otro lado, tampoco resulta esclarecedor afirmar que los elementos esenciales de los
contratos atípicos devengan de la estricta aplicación de la expresión “o no produzca efecto
alguno”, puesto que de ser así, bastaría cumplir con los presupuestos generales de
existencia y validez del contrato, por lo que los elementos esenciales serían tan genéricos
que la oferta del contrato atípico no requeriría determinación precisa de su objeto.
En ese sentido se destaca que los contratos atípicos, por su naturaleza, son negocios
jurídicos que tiene como fuente principal la autonomía privada de la voluntad, sin que
exista un supuesto normativo específico que regule su contenido, haciendo así que la
determinación de los elementos esenciales se dificulte y se deba acudir a su determinación
para cada caso en concreto el régimen jurídico aplicable al contrato. Sobre este aspecto,
tanto la jurisprudencia, como la doctrina, han diferenciado los contratos absolutamente
atípicos de aquellos que, por su reiterado uso en la sociedad, han generado reglas
consuetudinarias y sociales para su configuración, las cuales han dado sustento a predicar
una tipicidad social que permita determinar mejor el régimen jurídico aplicable a este tipo
de contratación.
Se evidencia entonces la problemática que gira en torno a los elementos esenciales del
contrato atípico y que afecta de manera directa la aplicación de lo preceptuado por el
artículo 845 del Código de Comercio, el cual establece que “la oferta o propuesta (…)
deberá contener los elementos esenciales del negocio y ser comunicada al destinatario”.

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