Conceptos de comercio - Contabilidad general - 5ta edición - Libros y Revistas - VLEX 647767677

Conceptos de comercio

AutorÁngel María Fierro Martínez
Páginas93-111

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Los entes económicos productores, comercializadores y de servicios constituyen el elemento dinamizador de la economía y están organizados por diferentes tipos de entes de personas naturales y jurídicas. También se organizan en grupos de empresas que han escogido la forma legal para adquirir derechos y cumplir obligaciones en desarrollo de una o varias de las actividades que consagra el Código de Comercio de cada país.

Las personas naturales son las principales protagonistas del comercio organizado en una determinada región o país por la cantidad de negocios de una sola persona registrados en las Cámaras de Comercio. A este elemento hay que sumarle el comercio informal, es decir, aquel que no cumple las formalidades de registro mercantil, no paga impuestos, no lleva contabilidad y por consiguiente no tiene una base sólida para tomar decisiones.

Las personas naturales, cuando obran en forma individual, toman el nombre de "inversionista" por su capacidad de invertir en proyectos que satisfagan su aspiración de rentabilidad.

Los inversionistas apoyan los proyectos nuevos o en marcha aportando capital de trabajo o bienes de capital, o intervienen directamente en la constitución de nuevas alternativas de negocios, como creadores de negocios asociativos con el concurso de varias fuerzas e iniciativas o mediante la compra de acciones en el mercado de valores, a partir del cual se denominan accionistas.

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Las personas naturales también constituyen personas jurídicas, es decir, empresas de mayor tamaño y responsabilidad que mediante la formalidad jurídica obtienen capacidad legal para adquirir bienes y contraer obligaciones y de organización para administrar recursos, procesos, clientes y productos, independiente de cada uno de sus dueños.

Las empresas unipersonales, con una persona natural o jurídica, y las sociedades por acciones simplificadas, con una o más personas naturales o jurídicas, se constituyen mediante documento privado que registran en la Cámara de Comercio. La característica principal es que la primera no es sociedad comercial, en tanto que la segunda es sociedad y puede tener el carácter societario.

Las personas jurídicas que se reportan como sociedades comerciales se constituyen mediante escritura pública con el lleno de todos los requisitos de ley que se exigen en cada uno de los países.

Hay que tener claridad sobre cada tipo de empresas, las de personas naturales, las jurídicas no societarias y las jurídicas societarias, además de sus características para recomendar a sus clientes aquella figura comercial que más convenga, por la responsabilidad que adquiere frente a terceros y capacidad para negociar en la actividad escogida.

1. Actividades de comercio

Las actividades de comercio se clasifican en: lícitas e ilícitas. Las lícitas vienen consagradas en el Código de Comercio para que las personas o grupos de personas adopten cualquier tipo de forma legal para tener lucro de su puesta en marcha. Las ilícitas son todas aquellas no contempladas en la ley y perseguidas por los organismos de seguridad del Estado.

Son mercantiles para todos los efectos legales:

  1. La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos;

  2. La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos, el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos;

  3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés;

  4. La adquisición o enajenación a título oneroso, de establecimiento de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos;

  5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones;

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  6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos;

  7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos;

  8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras;

  9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje;

  10. Las empresas de seguros y la actividad aseguradora;

  11. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados;

  12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes;

  13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes;

  14. Las empresas editoriales, litografías, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios;

  15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u ornamentaciones;

  16. Las empresas para el aprovechamiento y explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza;

  17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración custodia o circulación de toda clase de bienes;

  18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios,

  19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil (Código de Comercio) (C. Ció.).

2. Elementos de comercio

La economía ¡nteractúa mediante relaciones entre los entes económicos dentro y fuera del país en las que se intercambian bienes y servicios y donde se tienen algunas ventajas competitivas, como son materias primas, diferencia en costos y características del producto que pueden ser llamativas para otros compradores.

Para facilitar esta interacción es necesario que los entes económicos dispongan de información financiera en un lenguaje común, como son las NIIF, que genera entre los países negociadores transparencia y confianza sobre una misma base de preparación.

Los elementos fundamentales necesarios para el desarrollo del comercio se pueden reunir en las normas que definen los entes, empresas y establecimientos que pueden operar las diferentes actividades de comercio y las formas de organización. Entre ellos se encuentran:

Ente económico: es la empresa, es la actividad económica organizada como unidad, respecto de la cual se predica el control de los recursos. El ente debe ser definido e identificado en forma tal que se distinga de otros entes (C Ció.).

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También en la literatura contable se utiliza el término "empresa", que está definida en el Código de Comercio. Sin embargo, entre ente económico y empresa no hay mayor diferencia, pues el ente es la empresa, y esta predica el desarrollo de la actividad organizada a través de uno o más establecimientos de comercio. Es necesario recuperar estas definiciones en cada uno de los países donde se utilice este libro.

Otra definición que es común encontrar en Latinoamérica es la del concepto de "establecimiento", utilizado por las Cámaras de Comercio para proceder al registro. Su diferencia es que el ente económico es único y puede estar compuesto por varios establecimientos de comercio.

En las NIIF completas y para pymes solo se hace referencia a ente económico, sobre el cual se predica el control de bienes y servicios puestos a su servicio para desarrollar una actividad.

Inversionista: es el nombre que se le da a la persona natural ojurídica que encuentra una oportunidad de negocios para invertir, ya sea en empresas en marcha o en nuevos proyectos, porque los rendimientos ofrecidos le satisfacen su rentabilidad esperada, o también porque puede visionar el control sobre las decisiones gerenciales y ejercer influencias significativas. La inversión puede hacerse en dinero o en especie, y su derecho queda representado en instrumentos de patrimonio, llamados localmente cuotas, partes de interés o acciones, que dependen del tipo de sociedad.

"Un optimista ve una oportunidad en toda caiamidad; un pesimista ve una caiamidad en toda oportunidad". Sir Winston Churchill

Comerciante: son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona (C. Ció.).

Deberes de los comerciantes

Es obligación de todo comerciante:

  1. Matricularse en el registro mercantil;

  2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto...

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