Conclusiones - El principio de precaución y su aplicabilidad en la temática de aguas de lastre en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 427073170

Conclusiones

AutorAna María Muelle Molinares
Páginas109-110
- 109 -
CONCLUSIONE S
Una regulación sopor tada en el Pri ncipio de precaución permit irá
vincula r los principios generales del derecho am biental a la temática de las
aguas de la stre, aportando un nuevo enfoque para su m anejo, sin desconocer
la importancia del escenario técn ico, lo complemente y fortalezca desde
la visión jurídica, con u n alcance de más largo plazo e i ntegrado con los
lineamientos inte rnacionales de mane jo de la problemática ambiental.
El principio de precaución es el ú nico criterio jur ídico que hoy día
permite sopor tar medidas de manejo y sa nción por contaminación ma rina
derivada de las aguas de last re, cuando el desconocim iento científico sobre
sus consecuenc ias no permite generar e n el juez la certeza necesaria. En un
país como Colombia donde la inversión en investigación ma rina es poca,
dejar de tomar acciones a favor del medio ambiente f undado en la falta de
certeza científ ica sería algo como el per ro que se muerde la cola, pues la
incertidumbre de viene de la no investigación, pero no hay inversión para la
misma, mucho menos aún en lo mar ino que es un tema que todavia no ha
adquirido el est atus que merece para el des arrollo del país.
Se evidencia ausencia de f uentes de contenido doct rinal jur ídico enfocados
al tema de agu as de lastre y su rela ción con el principio de precaución en el
estado del arte sobre la materia. La única guía regu ladora deriva del campo
técnico de la autoridad ma rítima y lo que por analogía pueda aplicar se desde
las normas relaciona das con la contamin ación marina.
El marco de acción del derecho de los t ratados en materia del pr incipio
de precaución referente a la protecc ión marina marca rumbos de acción y
soportes juríd icos de acción conjunta y coordinada. De los paí ses costeros
vinculados v ía tratado o convenio, lo cual es con secuente con el carác ter
global del problema de las ag uas de lastre.
El principio de precaución se e ncuentra ampliamente des arrollado desde
el punto de vista doc trinal hoy día const ituye parte fundamenta l en cualquier
ordenamiento jurídico ambiental como principio orientador. Sin embar go,

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