El consejo de la magistratura como órgano de gobierno del poder judicial - Núm. 44, Julio 2016 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 687200449

El consejo de la magistratura como órgano de gobierno del poder judicial

AutorCarlos Manuel Rosales García
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México
Páginas83-134
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PENSAMIENTO JURÍDICO, No. 44, ISSN 0122 - 1108, JUL IO-DICIEMBRE, BOGOTÁ 2016, PP. 83-134
El consejo de la magistratura como órgano de
gobierno del poder judicial
The council of magistracy as the governing body
of the judiciary
Carlos Manuel Rosales García*
Fecha de recepción: 30 de ju lio de 2016
Fecha de aceptación: 18 de abr il de 2016
RESUMEN
Este artíc ulo expone la nat uraleza ju rí-
dica y el establec imiento del Consejo de
la Magist ratura, Así como sus atr ibucio-
nes y funciones m ás relevantes y ca racte-
rísticas propias en varios ordenamientos
nacionales, most rando su ubicación
orgánica cons titucional, compo sición y
organización administrativa.
Palabras claves: Pode r judicial, adm i-
nistración jud icial, Consejo de la Magis -
tratura, dere cho constituciona l, gobierno
ABSTRACT
This ar ticle exposes the jur idical nature
and the establ ishment of the Council of
the Magist racy, As well as h is attribu-
tions and more relev ant funct ions and
own charac teristics i n several nation al
classif ications, showing its org anic
constitution al location, composition and
administrative organization.
Key words: Judicial p ower, judicial
Adminis tration, Counci l of the Magis-
tracy, constitut ional law, government
1
* Licenciado en De recho por la Universid ad Nacional Autóno ma de México. Diplomado p or la Universidad de
Heidelberg. Magis ter y Doctorado en la Unive rsidad de Chile. Doce nte Universidad Autónoma de M éxico
Correo: cmr268@ya hoo.com
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EL CONSEJO DE L A MAGISTRATURA COM O ÓRGANO DE GOBIERNO DEL POD ER JUDICIAL
INTRODUCCIÓN
Cada día es más ev idente que el Poder Judicial (PJ) tiende a convertirse en
un elemento f undamental en los E stados modernos, como el mo derador
de los poderes políticos (Ejecutivo y Legislativo), tal como lo expone el
ministro de la Suprema Corte de Justicia de Méx ico (SCJN), Sergio Valls: “El
Poder Judicial tiende a ser el poder del equilibrio2
Por lo mismo, se observa la neces idad de contar con una institución que separe
la jurisdicción de la administración del órgano jurisdicciona l y reencausar el
verdadero sentido del sistema de impartición de justicia, reinstaurando a los
administradores de justicia a su cauce orig inal y no distraerse en cuestiones
administ rativas al interior de su unidad juri sdiccional.
Así, se establece un órga no efectivo y especializado para la administración,
actualización, vigila ncia, capacitación y ascenso de los servidores del PJ. Con
el objetivo de la profesionaliza r a sus empleados, lo que constituye uno de los
cometidos capitales del Consejo de la Mag istratura (CM). En este sentido, con-
viene atender lo dicho por Diego Valadés:
“Las tareas de prep aración, selección, actualización, cont rol, y disciplina
del personal judicial cor responden al más reciente estadio d el desarrollo en
cuanto a la impartición de ju sticia. Las patologías del pod er, exacerbadas
como nunca antes, trasladaron a lo s aparatos judiciales una serie de ex pec-
tativas que los tra nsformó en los nuevos gar antes del ejercicio respon sable
del poder y de las libertad es individuales y públicas”.3
El Consejo de la Magist ratura es el órgano público autónomo e independiente,
responsable de la admin istración de los recursos materiales y personales del
Pode r Judic ial cuyo s objet ivos prin cip ale s son la profes ionalización de los ser-
vidores del sistema de imp artición de justicia, mejora r sus condiciones laborales
y vigila r la actuación de los mismos.4
Un motivo para la selección de este tr abajo, es no sólo constatar la trascendencia
actual del Consejo de la Jud icatura (CJ) sino también reconocer, que el papel del
Consejo será más impor tante en un futuro, pues, cada d ía es mayor la interven-
ción de la actividad jur isdiccional del Estado y el aportar a su compren sión, es
2 Valls Hernán dez, Sergio, Consejo de la Judic atura Federal y modernida d de la impartición de justi cia,
Editorial SCJ N, México, 2001, P. 23.
3 Valadés, Diego, Los Consejos de la J udicatura: Desarroll o institucional y camb io cultural, Editori al IIJ,
México, 2001, P.1.
4 Utilizaré c omo sinónimos C onsejo de la Judicat ura y Consejo de la M agistrat ura o simplement e lo nombraré
como Consejo.
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fundamenta l para los tiempos de cambio que vivi mos. Sin embargo, la realidad
sobre el Consejo puede verse desde ciert a perspectiva e intentamos con este
artículo colmar ciertos desaciertos, en cuanto a la percepción de este órgano
de gobierno del PJ, tal y como lo expone el ministro de la Suprema Cor te de
Justicia de México, Serg io Valls:
“No obstante la polémica y el descono cimiento social sobre la institución
CJ entre los ab ogados este órgano de admini stración vigilancia di sci-
plina y carrera judicial ha ido toma ndo carta de naturalización e n varios
Estados, aun cuando toda vía existan pocos estudios acadé micos sobre su
naturaleza, facultades y f uncionamiento”.5
Finaliza ré este trabajo exhibiendo las ventajas de es tablecer a nivel constitucio-
na l u n CM  in s ti t uc ió n cu yo o bj et i vo p ri m ar i o es s ep a ra r l as f u nc io ne s ad m i ni s -
trativas de las f unciones jurisdicciona les dentro del Poder Judicial, que en varios
países ejerce de manera monopolizante algu nas Cortes Supremas de Justicia.6
1. NACIMIENTO DE LOS CONSEJOS DE LA MAGISTRATURA
Después de la Segunda guerra mundia l y la reforma de los Estados Europeos,
se innovó una institución que tendría por objetivo hacer más ecaz la función
jurisdiccional del E stado, por medio de un órgano adminis trador independiente
para el Poder Judicial, ta l como lo sostienen Héctor Fix-Zamudio y José Ramón
Cossío D íaz:
“Surge en la Segunda po sguerra el llamado Consejo de la M agistratur a con
diversas modalidade s, pero en todo caso como una soluc ión al problema de
la independencia del Poder Judi cial frente a otro s órganos del poder, con
facultades de proposic ión o designación, ascen so y vigilancia de los jueces”.7
Se observa que la primera intención para la creación de estos Consejos es la
independencia exter na del Poder Judicial. Aparecen, así, e n primer lugar, como
instituciones enc argadas de la gestión de una parte relati vamente reducida de
la organización de la justicia. Pero se muestran también como instituciones
con una innegable fuer za expansiva, por cu anto aparecen como alternativa a la
injerencia del Poder Ejecutivo e n la justicia, y por ello, en cierto sent ido, dentro
de la dirección general de la “marcha de la his toria”, a favor de la separación
5 Valls Hernández , Sergio, Importa ncia y trasce ndencia de los Con sejos de la Judica tura, Ed. SCJ N, México,
20 01, P. 7.
6 Como es el caso de Chile.
7 Fix-Zamudio Héctor y Co ssío Díaz José Ram ón, El Poder Judic ial en el Ordena miento Mexic ano,
2ª.reimpresión , Ed. Fondo de Cultura E conómica (FCE), 1999, México, P. 54.

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