El consentimiento en sede penal. Propuestas de regulación - Núm. 19-2, Julio 2020 - Revista Jurídica Piélagus - Libros y Revistas - VLEX 853602473

El consentimiento en sede penal. Propuestas de regulación

AutorJuan Carlos Mendoza Pérez, Aymara Jasorray Veranes, Liuver Camilo Momblanc
Revista Jurídica Piélagus, Vol. 19 No. 2 Julio diciembre de 2020 / Neiva (Huila) Colombia
Aymara Jarrosay Veranes
Profesora auxiliar de derecho penal general I,
Universidad de Guantánamo, Cuba
aymarajv@cug.co.cu
ORCID:0000-0001-6718-2820
Juan Carlos Mendoza Pérez
Profesor auxiliar de derecho civil y derecho de sucesiones,
Universidad de Guantánamo, Cuba
jcperez@cug.co.cu
ORCID:0000-0003-3197-9605
Liuver Camilo Momblanc
Especialista en derecho penal, profesor auxiliar de derecho Penal,
Universidad de Oriente, Cuba
liuverc@uo.edu.cu
ORCID:0000-0002-1311-095X
El consentimiento en sede penal. Propuestas de regulación*
The consent in criminal court. Proposals for regulation
Recibido: 26/03/2020 Aprobado: 05/06/2020
DOI: 10.25054/16576799.2547
RESUMEN
La problemática que hoy genera la inexistencia de una opinión unánime referido al
consentimiento penal, que de algún modo conmine a que los cuerpos normativos penales
lo declaren o acojan de manera expresa en su texto; y la verdadera existencia de una
laguna cognitiva en nuestro país relacionado con nuestro objeto de estudio, motivan esta
investigación. A partir de la sistematización de los presupuestos teóricos que la sustentan,
su fundamentación como causa de atipicidad, justificación o atenuación de la sanción
penal y el estudio de Derecho comparado, se identifican tales deficiencias. Como
principal resultado, se obtiene una propuesta de regulación de la institución en sede penal,
en aras de que constituya una garantía para la seguridad y certidumbre del tráfico jurídico.
PALABRAS CLAVE
Consentimiento Penal; Atipicidad; Presupuestos Teóricos y Prácticos.
ABSTRACT
The problem that today generates the inexistence of a unanimous opinion referred to the
penal consent, that in some way commands that the penal normative bodies declare it or
* Artículo de reflexión.
Revista Jurídica Piélagus, Vol. 19 No. 2 Julio diciembre de 2020 / Neiva (Huila) Colombia
accept it in an express way in their text; and the real existence of a cognitive gap in our
country related to our object of study, motivate this investigation. From the
systematization of the theoretical assumptions that support it, its foundation as a cause of
atypicality, justification or mitigation of the criminal sanction and the study of
comparative law, such deficiencies are identified. The main result is a proposal for the
regulation of the institution in the criminal court, in order to guarantee the security and
certainty of the legal traffic.
KEYWORDS
Criminal Consent; Atypicality; Theoretical and Practical Budgets.
INTRODUCCIÓN
El consentimiento en sede penal
es un instituto de personalidad
jurídica tan fuerte y constante que
las más distintas explicaciones y
calificaciones que le encuentran
los juristas, y algunas de ellas en
clave de simplificación, no
consiguen apaciguar la intensa
discusión con respecto a él, ni
tampoco los espacios crecientes
de importancia que viene
ocupando, cada vez más en el
escenario jurídico donde la
libertad y los derechos
individuales son defendidos y
mantenidos (Vital de Almeida,
2006, p. 30).
Por tanto, es una de las instituciones que
merece su revisión a fin de fundamentar
la necesidad de una perfección
legislativa en Cuba, para que se alcance
la efectiva interpretación y aplicación de
la norma, debido a la insuficiente
regulación del instituto objeto de
investigación en el Código Penal cubano.
De igual forma se presume que es un
tema inextinguible tomando en cuenta
que:
El consentimiento, en el marco de
la Ciencia penal, no puede estar
lejos de los cambios y de los
avances sociales del mundo del
siglo XXI, so pena de perder su
valioso significado jurídico-
existencial. Al fin y al cabo, el
Derecho penal no es una ciencia
estacionaria, sino un mecanismo
jurídico para el desarrollo de la
persona y de la propia
humanidad, a merced de sus
características peculiares dentro
del ámbito del ordenamiento
jurídico (Vital de Almeida, 2006,
p. 32).
En los predios de la filología jurídica-
foránea la cuestión del consentimiento
gira en torno a si el mismo debe ser
considerado como una conducta típica,
justificada o en algunos casos como una
causa de atenuación de la pena. Aunque
no es sencillo encontrar códigos
sustantivos con una regulación dedicada
expresamente al consentimiento, los
autores sí se han detenido a considerar la
cuestión; y lo han hecho desde diversos
enfoques con distintos grados de
profundidad.
Por su parte, Mezger, E. (1935)sostiene
la tesis del consentimiento como un
elemento que excluye la tipicidad al
igual que lo hace buena parte de la
doctrina alemana. También Jiménez de
Asúa (1977) lo considera un elemento

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