¿Quiénes se consideran sujetos pasivos del impuesto de Industria y Comercio en Bogotá D.C.?
Autor | Harold Ferney Parra Ortiz |
Páginas | 14-16 |
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA14
(013) Está gravada con el impuesto de industria y comercio, la educación privada en
Bogotá?
14 de 1983) como las distritales (Decreto Distrital 352 de 2002), al generarse un ingreso,
por la prestación del servicio de educación.
capital es bimestral, los ingresos provenientes de la prestación de los servicios de educación
DOCTRINA (D.D.I.)
• Concepto1173del28demarzode2008.EducaciónPrivada–Basegravable–Causación.
JURISPRUDENCIA: (Consejo de Estado, Sentencia del 23 de febrero de 2012, Exp. 17911, C.P.
Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez) Educación privada. Envista deloanterior,es claroquelas
clasesque impartela Corporación,constituyen unservicioeducativo detipo informalprestado por
unaentidaddecarácterprivado,queno estáexentodelImpuestodeIndustriayComercio, puesde
acuerdoconelartículo39delDecreto352,sólola“educaciónpública”,gozadeexclusióndelICA.
(014) ¿La compra y venta de ganado al productor en una jurisdicción diferente a
Bogotá, para la comercialización posterior en esta ciudad, es una actividad gravada
con el impuesto de industria y comercio en la Ciudad Capital?
DOCTRINA (D.D.I.)
• Concepto1132del24deabrilde2006.Nosujeciones.Actividadprimariapecuaria.
(015) ¿Quiénes se consideran sujetos pasivos del impuesto de Industria y Comercio
en Bogotá D.C.?
de hecho, que realicen el hecho generador de la obligación tributaria. (Conc.Artículo1del
Acuerdo65de2002).
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