¿En qué consiste el 'open access' o acceso abierto de contenidos? - Núm. 20, Julio 2015 - Revista La Propiedad Inmaterial - Libros y Revistas - VLEX 735660945

¿En qué consiste el 'open access' o acceso abierto de contenidos?

AutorJuan Carlos Suárez D.
CargoAbogado de Innovación, Protección & Transferencia (ipt) en Olarte Moure & Asociados. Egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia con intensificación de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías. Becario de la ompi, la oea y el Gobierno de Suecia para recibir entrenamiento avanzado en Propiedad Intelectual y ...
Páginas119-134
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¿en qué consiste el “
open access
o acceso abierto de contenidos?
Juan Carlos Suárez D.*
Introducción
A partir de los retos y oportunidades que ha generado la sociedad de la infor-
mación, especialmente en lo relacionado con el tráfico de contenidos en la web,
han surgido iniciativas y figuras tendientes a permitir un acceso a cierto tipo de
contenidos sin que medien restricciones legales o económicas, en contraposición
a los esquemas tradicionales donde las restricciones constituyen una pieza funda-
mental. El “open access” o acceso abierto es una de estas manifestaciones donde
las restricciones hacia el consumidor de contenidos desaparecen.
El open access o acceso abierto básicamente consiste en la posibilidad de acceder
digitalmente a contenidos derivados de la producción académica y científica sin
tener ningún tipo de restricción legal ni económica; sin embargo, su existencia,
alcance y aplicación no suelen ser tan claros, por lo que en este escrito se pretende
realizar una breve explicación de la figura a partir de sus fundamentos.
I. ¿Cómo surge la figura del acceso abierto?
El primer instrumento internacional que se refirió al acceso abierto fue la Declara-
ción de Budapest del año 2002[1]The Budapest Open Access Initiative–. Mediante
* Abogado de Innovación, Protección & Transferencia (ipt) en Olarte Moure & Asocia-
dos. Egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia con
intensificación de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías. Becario de la ompi, la oea
y el Gobierno de Suecia para recibir entrenamiento avanzado en Propiedad Intelectual y
Transferencia de Tecnología en Estados Unidos, Suecia, Israel y Sudáfrica. Se ha desem-
peñado como abogado de Propiedad Intelectual en las firmas Cuesta & Asociados y en
Prietocarrizosa. Desempeñó los cargos de Coordinador de la Asociación Colombiana de
Propiedad Intelectual (acpi) y Director del Observatorio Iberoamericano del Derecho de
Autor (odai) del cerlalc. Docente del Aula de Propiedad Intelectual (api) de la sic, y
de la especialización de Propiedad Intelectual de la Universidad Sergio Arboleda, Bogotá,
Colombia. Correo-e: juan.suarez@olartemoure.com / juanc.suarez.d@gmail.com Fecha de
recepción: 4 de octubre de 2015. Fecha de aceptación: 15 de octubre de 2015. Para citar
Juan Carlos Suárez D.
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esta Declaración se definió la figura del open access como el libre acceso a través
de internet a la literatura científica respetando el derecho de autor. Posterior-
mente se llegó a la Declaración de Bethesda en el año 2003 –Bethesda Statement
on Open Access Publishing–, que avaló lo enunciado sobre el acceso abierto en la
Declaración de Budapest y generó un escenario propicio para llevar a cabo su
aplicación2. En el mismo año 2003 se suscribe la Declaración de Berlín –Berlin
Declaration on Open Access to Knowledge in the Sciences and Humanities– con la
que se complementa formalmente esta figura.
La iniciativa de promover un acceso abierto obedeció entonces a la intención
de crear un sistema en virtud del cual se pudiera poner a disposición del público
un tipo específico de contenidos, concretamente los referentes a artículos aca-
démicos y científicos, guardando los lineamientos establecidos por la normativa
del derecho de autor3.
En este sentido el movimiento del open access surge a partir del deseo de
satisfacer necesidades científicas y académicas, buscando mejorar el sistema de
comunicación científica, facilitando el acceso a la información y potenciando el
impacto de los contenidos en la comunidad general así como el reconocimiento
de sus autores4.
De tal manera, desde sus comienzos el open access se ha estructurado como
un movimiento que de ninguna manera ha tenido como finalidad desconocer
el derecho de autor, pues, por el contrario, su funcionamiento solo es posible
a partir del ejercicio de derechos que la ley reconoce al autor. Este escenario de
motivaciones propició entonces que se empezaran a estructurar las declaraciones
formales en torno al open access, sumado ello a antecedentes que hacían del open
acces una figura funcional e interesante que exigía ser consagrada en un impor-
tante instrumento.
Antes de la Declaración de Budapest, en el año 2001, la Public Library of
Sciences (PLoS)5 tuvo una iniciativa, liderada por el Nobel de Medicina Harold
en artículo: Suárez D., J. C. ¿En qué consiste el open access o acceso abierto de contenidos?
Revisla La Propiedad Inmaterial n.º 20, Universidad Externado de Colombia, julio-diciembre
2015, pp. 119-134. DOI: http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n20.06
1. Budapest Open Access Initiative, disponible en: http://www.soros.org/openaccess/read
2. Luis M. Anglada de Ferrer, “Acceso abierto, autoarchivo, repositorios y declara-
ción de Barcelona”, julio de 2008, disponible en: http://www.soros.org/openaccess/read
3. Tony Hernández Pérez, David Rodríguez Mateos y Gema Bueno de la Fuente
(2007) y Luis M. Anglada de Ferrer, “Open Access: el papel de las bibliotecas en los
repositorios institucionales de acceso abierto”.
4. Jorge Veiga de Cabo y Helena Martín-Rodero, “Acceso abierto: nuevos modelos
de edición científica en entornos web 2.0”, Salud Colectiva, vol. 7, n.º 1, octubre, Uni-
versidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, 2011, pp. 19-27, disponible en: http://www.
redalyc.org/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=73119693003
5. Public Library of Science, disponible en: http://www.plos.org/

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