Los consorcios y uniones temporales tienen capacidad para contratar con el Estado. Sentencia C-949-2001 - Núm. 2014, Julio 2014 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 520253035

Los consorcios y uniones temporales tienen capacidad para contratar con el Estado. Sentencia C-949-2001

AutorClara Inés Vargas Hernández
Regla

El Congreso de la República puede otorgarles capacidad contractual a los consorcios y uniones temporales para contratar con el Estado, entidades que carecen de personería jurídica, sin violar el artículo 95, inciso 2, el cual establece que “toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes”, porque quienes actúan en nombre de los consorcios y las uniones temporales son personas naturales que de conformidad con la ley civil tienen capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. Por tanto, dichas entidades son sujetos capaces para celebrar contratos y están llamadas a responder en el evento en que se presenten acciones u omisiones de las cuales se puedan derivar algún tipo de responsabilidad.

Razones de la decisión

«(…) Y si quienes actúan en nombre de los consorcios y uniones temporales son personas naturales que de conformidad con la ley civil tienen capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, es preciso señalar, que tales personas son las llamadas a responder en el evento en que se presenten acciones u omisiones de las cuales se puedan derivar algún tipo de responsabilidad.1

(…)

Es verdad que el inciso 2° del artículo 95 Superior, señala que toda persona está obligada a cumplir con la Constitución y la Ley. La institución de las uniones temporales y de los consorcios tiene la aptitud legal para cumplir con este mandato constitucional, por cuanto el canon constitucional señala el deber de que las personas se sometan al ordenamiento jurídico, y estos sujetos contractuales también se someten a la norma superior en la medida que sus miembros responden ante el Estado por todas sus actuaciones.

(…)

No hay que olvidar que el legislador facultado por el Constituyente para expedir el estatuto general de contratación artículo 150, inciso final Superior, le otorgó capacidad para señalar a los consorcios y uniones temporales como sujetos capaces para...

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