Contrato de anticresis - De los contratos típicos o regulados - De los contratos mercantiles. Nacionales e internacionales - 5ta edición - Libros y Revistas - VLEX 800654337

Contrato de anticresis

AutorLisandro Peña Nossa
Páginas359-364
359
Capítulo XII
Contrato de anticresis
1. ETIMOLOGÍA Y RESEÑA HISTÓRICA
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que equivale a uso, entonces lo que este vocablo traduce es “contra-uso”, es decir
que el acreedor goza de un bien del deudor apropiándose de los frutos de este, y
el deudor a su vez disfruta del capital de su acreedor.
En el derecho romano el contrato de anticresis no tomó independencia, pues se
creía que la prenda, la hipoteca y el usufructo cumplían el mismo propósito que
la anticresis.
En Colombia, el contrato de anticresis fue instituido por el Código Civil de Don
Andrés Bello en 1887, aún vigente, en los artículos 2458 al 2468, aunque de
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exclusivamente sobre bienes inmuebles, sin embargo no sería sino hasta la
incorporación del nuevo Código de Comercio en 1971 y sus reformas, que este
contrato se fortaleció y recobró gran importancia en el campo mercantil. Esto no
quiere decir que antes de esta inclusión normativa no se empleara este contrato,
pues se venía presentando en la práctica, la entrega de los establecimientos de
comercio a los acreedores, para que estos gozaran de sus frutos como pago de las
acreencias, es decir, que se venía empleando a manera de contrato innominado y

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