Los convenios y contratos regulados por las normas de ciencia y tecnología - Los convenios celebrados por la administración con los particulares o convenios administrativos - Los convenios de la administración: entre la gestión pública y la actividad contractual - Libros y Revistas - VLEX 426372038

Los convenios y contratos regulados por las normas de ciencia y tecnología

AutorAugusto Ramón Chávez Marín
Páginas437-472
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Capítulo 12
Los convenios y contratos regulados por las
normas de ciencia y tecnología
Introducción
La importancia de las actividades de ciencia y tecnología para la promoción
del desarrollo de la sociedad entera y del fortalecimiento del Estado, sería
suciente para justicar el estudio de los instrumentos jurídicos que le per-
miten a este llevar a cabo actuaciones de ese carácter. Sin duda, el papel de la
ciencia y la tecnología crece extraordinariamente en los tiempos actuales de
mundialización, de globalización, de incidencia de la informática en las rela-
ciones sociales, en los procesos económicos, en la gestión y en la naturaleza
misma del Estado. Ésta constituye una razón suciente para estudiar dichos
instrumentos y es la misma que hizo pensar en la modicación del Ministerio
de Comunicaciones en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y especialmente en la organización del Instituto Colombiano
para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas”
-Colciencias-, en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e
Innovación- Colciencias, dentro de la estructura de la rama ejecutiva o ad-
ministrativa del poder público.1
1 En la primera edición de este libro, citando al respecto el periódico El Tiempo, 10 de noviembre
de 2007, pp. 1-2, nos referíamos a la propuesta legislativa que se venía para entonces estudiando por
algunos legisladores y el gobierno nacional en punto a elevar la categoría administrativa de Colciencias a
la de ministerio o departamento administrativo, así como a la necesidad de crear instrumentos presu-
puestales y scales de estímulo de las actividades de ciencia y tecnología, dado que Colombia tan sólo
invertía, según datos de la época, el 0,37 del producto interno bruto en investigación de esta índole, cifra
comparativamente inferior a la de países como Brasil y Chile, que lo hacían en el orden del 1,2 y 1 por
ciento. Es así como efectivamente se expidió la Ley 1286 de 2009, “Por la cual se modica la Ley 29
de 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones”, así como, posteriormente,
el Decreto 1904 de 2009, “Por medio del cual se modica la estructura del Departamento Administra-
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Los convenios de la administración. Entre la gestión pública y la actividad contractual
Precisamente, la importancia que se comenta hace extrañar la ausencia
de estudios de índole jurídica en este tema.2 Todo ello y el hecho especíco,
que se constatará en estas líneas, de ser especialmente signicativa y plena-
mente acogida por el régimen de ciencia y tecnología la teoría general de los
convenios de la administración, que se expone en esta obra , hacen pertinente
examinar los contratos y convenios previstos en este campo por el ordena-
miento jurídico colombiano.
El autor considera pertinente estudiar esta materia en la parte tercera,
dedicada a los convenios administrativos, por estimar que los convenios de
ciencia y tecnología constituyen manifestaciones de la actividad de fomento.
Como fue examinado en el capítulo 9 de esta misma parte, esa actividad se
instrumentaliza especialmente a través de los acuerdos de voluntades cele-
brados con los particulares que se identican en este trabajo como convenios
administrativos.
En consecuencia, en este capítulo se estudiarán desde una perspectiva
estrictamente jurídica, los convenios y contratos que se encuentran regulados
por el régimen especial de ciencia y tecnología en Colombia. Para ello, antes
de entrar al examen especíco de esas guras, se hará una rápida visión cons-
titucional sobre la ciencia y la tecnología (12.1) y se ubicará el tema en el área
que le corresponde conforme a la regulación mencionada, por medio de
una revisión de las modalidades (12.2) y los propósitos de la asociación en ciencia
y tecnología (12.3), así como la denición legal de estas actividades (12.4).
Se observará cómo en dicho régimen especial se tipican los siguientes
tipos de acuerdos, la mayoría de los cuales corresponden a la categoría del con-
tivo de Ciencia, Tecnología e I nnovación -Col ciencias- y se di ctan otras disp osiciones.” Respect o
del cambi o de denominación y de objetivos del referido Minist erio se expidió la Ley 1341 de 2009,
“Por la cual se denen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y
se dictan otras disposiciones”, así como, especialmente, el Decreto 91 de 2010, “Por el cual se modica
la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras
disposiciones”.
2 Véase por ejemplo C, Juan Pablo, “Régimen especial de ciertos contratos”, en Comentarios
al nuevo régimen de contratación administrativa, Universidad del Rosario-Diké, Bogotá, 1995, pp. 302-
304; D V, Luis Guillermo, Régimen jurídico de la contratación estatal, Legis, Bogotá, 2003,
pp. 846-847 y P H, Juan Ángel, La contratación de las entidades estatales, Librería Jurídica
Sánchez R., Bogotá, 2001, p. 245.
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Augusto Ramón Chávez Marín
venio administrativo, mientras que otros constituyen verdaderos contratos: el
convenio especial de cooperación en ciencia y tecnología (12.5), el convenio
de nanciamiento de ciencia y tecnología (12.6) y los contratos de adminis-
tración de proyectos de ciencia y tecnología (12.7).
Dado su régimen especial, se analizarán nalmente los convenios de or-
ganización en ciencia y tecnología (12.8), tal como se anunció en el capítulo 7
de la segunda parte de este trabajo, relativo a los convenios de organización.
12.1. El marco constitucional de la ciencia y la tecnología
Se reeren expresamente a la ciencia y la tecnología los artículos 69, 70 y 71
de la Constitución Política. De acuerdo con el artículo 69 es deber del Estado
fortalecer la investigación cientíca en las universidades ociales y privadas y
ofrecer las condiciones para su desarrollo.
El artículo 70, al establecer que el Estado tiene el deber de promover y
fomentar el acceso a la cultura, indica que ello se hace, entre otras cosas, por
medio de la enseñanza cientíca, para luego establecer expresamente que es
su deber promover la investigación y la ciencia.
Finalmente, el artículo 71 dispone que los planes de desarrollo econó-
mico y social deben incluir el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura.
Ordena esta norma al Estado crear incentivos para personas e instituciones que
desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología, así como ofrecer estímulos
especiales a personas e instituciones que ejerzan tales actividades.
De las normas anteriores se pueden extraer unas conclusiones puntuales
y fundamentales en torno a esta materia, en el sentido de que para la Cons-
titución Política del 91 la ciencia y la tecnología constituyen manifestaciones
especícas de la cultura y que al Estado se atribuye una amplia gama de de-
beres en materia cientíca y tecnológica, como los siguientes:
• Fortalecer la investigación cientíca en las universidades y propiciar
las condiciones para su desarrollo.
• Promover y fomentar el acceso a la ciencia, a través de su enseñanza.
• Destinar recursos para el fomento a las ciencias en los planes de
desarrollo económico y social.
• Crear incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fo-
menten la ciencia y la tecnología

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