El cuerpo virtual como objeto del ius puniendi del hiperEstado - Pensar el derecho como derecho virtual - Libros y Revistas - VLEX 741483077

El cuerpo virtual como objeto del ius puniendi del hiperEstado

AutorDalia Carreño Dueñas
Páginas81-106
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EL CUERPO VIRTUAL COMO OBJETO DEL IUS PUNIENDI
DEL HIPERESTADO
Introducción
Una nueva forma de la realidad se hace presente en la humanidad del siglo XXI,
que vive la virtualidad más allá de la mera aplicación de las tecnologías de la
comunicación. Al cambiar la realidad del hombre por una expresión más diversa,
dinámica y compleja, el Estado ha de asumir estas insólitas maneras de ser virtual
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La propuesta se plantea en tres ítems, en el primero se aborda un contexto
general de la ontogénesis de la virtualidad y la incidencia para un hiperEstado
y su poder punitivo, también en categorías virtuales. En un segundo acápite, se
profundiza en el marco conceptual de la virtualidad, como paradoja en tanto frac-
tal, desterritorializado y exhibido, volcado en lo público. En el tercer momento
se analiza uno de los sorprendentes cambios del objeto del sistema punitivo, el
cibercuerpo y las consecuencias para el ius puniendi; que ha de mutar en un ius
puniendi también virtualizado, respaldado por una ciberciudad habitada por hi-
perciudadanos digitales, desplegados en sus muchas subjetividades.
Realidad virtual
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na al hombre del siglo XXI, exigiendo nuevas interpretaciones y comprensiones
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Pensar el derecho como derecho virtual
PÚBLICO 12
de la vida en conjunto. Especialmente es un reto para el Estado y la estructura
compleja del poder punitivo, quienes se ven abocados a conocer y asumir la
sociedad actual, en tanto manifestación virtual168. La vida individual y colectiva
hoy por hoy se vive y circula en la red, Facebook pasó de 900 a 1.400 millones
de usuarios en el lapso del 2012 169 al 2015170, 1.000 millones en Youtube, 560
millones en Twitter, 400 millones en Google+. Además de contar con millones
de usuarios en plataformas como Habbo, para niños y adolescentes, Second Life
SL, Red light center, entre otras para adultos; toda esta expresión de la hipervida
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ciudadanos del común171. Y es justo en este ejercicio cognitivo obligado que el
estado de derecho, o estado constitucional en sentido fuerte, por la aplastante
y colosal ciberrealidad digital, debe ser transformado o ha de reincorporar la
dimensión fuerte como hiperEstado.
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dimensión del hiperorden e hipercontrol social. Inéditas formas de lo real del
hombre y de la sociedad emergen, de ahí que la teoría jurídica y los actores judi-
ciales no pueden estar ausentes. Se yergue de manera contundente, el desafío de
entender y comprender el poder de castigo del Estado, las penas, las víctimas y
168 “Es imposible una teoría jurídica destinada a ser aplicada por los operadores judiciales en sus decisiones, sin
tener en cuenta lo que pasa en las relaciones reales entre las personas. No se trata de una empresa posible aunque
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penal privado de datos sociales, sino construido sobre datos sociales falsos. El penalismo termina creando una
sociología falsa, con una realidad social ajena incluso a la experiencia cotidiana, una sociedad que funciona y per-
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no ejerce ni podrá ejercer” (Zaffaroni, 2011, p. 22).
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rios superó los 1.400 millones en todo el mundo, con un crecimiento importante en el mundo móvil” (DPA/Emol,
2015).
171 “Madrid cuenta actualmente con 5.951.500 usuarios de Facebook, cuando la población de la capital rebasa
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de usuarios” (diver-Gente, 2011).

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