El daño en eventos de violación a secretos empresariales: tendencias en Estados Unidos y España - Núm. 1-6, Julio 2010 - Pensamiento y Poder - Libros y Revistas - VLEX 652802977

El daño en eventos de violación a secretos empresariales: tendencias en Estados Unidos y España

AutorCatalina Moreno Morales
CargoAbogada de la Universidad de Medellín
Páginas46-78
ISSN 2011-7213/vol. 1, no. 6/ julio-diciembre 2010/p.p. 57-87 /Pensamiento y Poder/Medellín-Colombia
EL DAÑO EN EVENTOS DE VIOLACIÓN A SECRETOS EMPRESARIALES:
TENDENCIAS EN ESTADOS UNIDOS Y ESPAÑA
DAMAGEIN THE CASE OF VIOLATION OF THE BUSSINESS SECRETS: TRENDS IN
THE UNITED STATES AND SPAIN
Catalina Moreno Morales
∗∗
Recibido el 23 de marzo de 2010
Aprobado el 10 de junio de 2010
Resumen
El daño, como elemento de la responsabilidad, adquiere una importante relevancia en
el marco de la violación de secretos empresariales como posibles orígenes de
responsabilidad. Por ello es importante realizar un rastreo en la jurisprudencia de los
Estados Unidos y de España para identificar el manejo que ambos países realizan
sobre la cuestión. Siendo posible identificar en el caso americano tendencias opuestas
entre las justicias de los diferentes Estados debido a su forma, federal, lo que lleva a la
aplicación de diferentes criterios para analizar la temática del secreto empresarial y la
responsabilidad que surge del mismo, como la revelación inevitable, o como en el caso
español donde aplicación a la cláusula general de competencia desleal.
Palabras Claves: Secreto Empresarial, daños, revelación inevitable, competencia
desleal.
Abstract
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!Artículo producto de los procesos de investigación que adelanta la autora en la Maestría en Derecho de
la Universidad de Medellín.
∗∗!Abogada de la Universidad de Medellín, auxiliar de investigación en CEPAL, Especialista en
responsabilidad civil y seguros de la universidad EAFIT. Abogada litigante. Cursando Estudios de
Maestría en Derecho en la Universidad de Medellín.
!
Damageas a responsibility factor, becomes relevance in the context of the violation of
business secrets as a law responsibility element. The magnitude of the topic, deserve a
deep search in the United States and Spain jurisprudence in order to identify the
regulation in the responsibility topic. It is able to identify different trendsin the American,
that are opposing cases because of the shape of the state. The federal one, which gives
effect to different criteria to analyze the subject of business secret and the responsibility
that rises from it, such as inevitable disclosure, or as in the Spanish case where
application to the general clause of unfair competition.
Key Words
Business secrets, damage, disclosure inevitably unfair competition.
INTRODUCCIÓN
El daño es el elemento básico y fundamental de la responsabilidad civil. Es decir,
para que ésta se pueda estructurar se debe comenzar su análisis por determinar la
existencia de un daño. Tradicionalmente los daños han sido las averías en las cosas, y
las lesiones y la muerte en las personas; pero ahora nos adentramos en el tema de
daños contra personas no solo naturales, sino jurídicas; y daños que no son fácilmente
cuantificables, porque se basan fundamentalmente en la apropiación y uso indebido de
información.
El secreto empresarial conlleva dos elementos para su protección: confidencialidad
y no explotación. Cuando se viola la confidencialidad y se explota ese secreto de
manera indebida estamos ante la violación de secretos empresariales.
Los secretos empresariales hacen parte de la propiedad intelectual, como uno de
sus bienes objeto de protección. El secreto empresarial está definido en el artículo 260
de la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) como
cualquier información no divulgada que una persona natural o jurídica legítimamente
posea, que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, y que
sea susceptible de transmitirse a un tercero, en la medida que dicha información sea:
a. Secreta,
b. Tenga valor comercial por ser secreta,
c. Haya sido objeto de medidas razonables tomadas por su legítimo poseedor para
mantenerla secreta.” (Tobón Franco, 2003, pág.23).
Las tendencias internacionales son vitales en el tratamiento del tema sobre secretos
empresariales y sobre su violación, dado el mundo globalizado en el que vivimos. Las
tendencias internacionales que se pretende estudiar son las de dos países
específicamente: España y Estados Unidos.
La jurisprudencia en Colombia sobre el tema de secretos empresariales no es muy
amplia, y en tanto, la violación de secretos empresariales está tipificada como una
conducta desleal, por la Ley 256 de 1996, como algunos tipos penales, del código
penal, como obligación especial del trabajador, por el código sustantivo del trabajo, y
como bien jurídico tutelado por las normas de propiedad intelectual, las autoridades
jurisdiccionales acuden a calificar la conducta de desleal o como delito penal, pero
dejan de lado el problema del daño, del nexo causal y de la cuantificación de los
perjuicios, elementos fundantes de la responsabilidad civil, acción complementaria o
principal de todas las anteriores posibilidades de sanción a la violación del secreto
empresarial.
Se analizará entonces, la jurisprudencia colombiana frente al tema de la violación de
secretos empresariales. Es decir, se buscarán los criterios más importantes que la
jurisprudencia utiliza para determinar este daño. Se buscarán en la jurisprudencia de la
rama judicial, de la Superintendencia de Industria y Comercio, tribunales arbitrales y la
del Tribunal de Justicia Andino (TJA) de la Comunidad Andina de Naciones(CAN).
Cuando se habla de tendencias internacionales resultaría titánico determinar qué
ocurre frente al tema en todas partes del mundo, por lo que se ha reducido el espectro

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