Decreto compilatorio 1083 de 2015 y sus modificaciones - Primera parte. Normas de empleo público. Síntesis de jurisprudencia, explicaciones y comentarios - Empleo público y carrera administrativa. Entidades nacionales y territoriales - Libros y Revistas - VLEX 821006733

Decreto compilatorio 1083 de 2015 y sus modificaciones

AutorCarlos Pachón Lucas
Páginas172-342
EMPLEO PÚBLICO Y CARRERA ADMINISTRATIVA - CARLOS PACHÓN LUCAS
172
(de fecha mayo 26/15. Actualizado al año 2018)
Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del Sector-
de Función Pública42 43
42
Decreto 2127 de 1945. Contrato laboral.
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Decreto 2393 de 1994. Liquidación, cesantías de congresistas.
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actividad económica.
Decreto 1972 de 2002. Designación de los Directores o Gerentes Regionales o Seccionales o quienes hagan sus
veces, en los Establecimientos Públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Decreto 1050 de 1997. Decreto 26 de 1998. Comisiones en el exterior.
Decreto 1227 de 2005. Empleo público. Carrera. Situaciones administrativas. Evaluación del desempeño. Ca-
pacitación y estímulos. Retiro. Gerencia pública.
Decreto 1228 de 2005. Las comisiones de personal en las entidades.
Decreto 2539 de 2005. Competencias laborales generales para los empleos públicos nacionales y territoriales.
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Decreto 4665 de 2007. Plan Nacional de Formación y Capacitación para los Servidores Públicos.
Decreto 180 de 2008. Régimen de los Servidores de las Sociedades de Economía Mixta.
Decreto 3016 de 2008.Selección de los miembros de la CNSC.
Decreto 2842 de 2010. Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP).
Decreto 3670 de 2011. Delegación de la función de nombramiento transitorio de jefes de control interno.
Decreto 4567 de 2011. Provisión por méritos de empleos de gerencia pública y otros de libre nombramiento,
en el orden nacional.
Decreto 4834 de 2011. Reserva en el nombramiento de empleos de la Dirección Nacional de Inteligencia.
Decreto 4882 de 2011. Funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de la Dirección Nacional
de Inteligencia.
Decreto 509 de 2012. Funciones y requisitos generales para los empleos públicos de las Agencias Estatales
de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, denominadas
Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, Agencia Nacional de Minería – ANM y Agencia Nacional de
Infraestructura – ANI y de las Agencias Nacionales de Defensa Jurídica del Estado y de Contratación Pública

Decreto 2865 de 2013. Declara el 27 de junio de cada año como Día Nacional del Servidor Público.
Decreto 1376 de 2014. Estructuración de las plantas de empleos temporales y los Acuerdos de Formalización
Laboral en las Empresas Sociales del Estado del orden nacional y territorial.
Decreto 1785 de 2014. Funciones y los requisitos generales para los empleos públicos del orden nacional.
Decreto 2374 de 2014. Evaluación de competencias y desempeño de los jefes de control interno de las entidades
de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.
Decreto 2484 de 2014. Directrices para competencias de los empleos en los organismos y entidades del nivel
territorial.
Decreto 2485 de 2014. Estándares mínimos para el concurso público abierto para elección de personeros
municipales.
Decreto 2566 de 2014. Funciones de las Comisiones de Personal.
43  -

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mentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo
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Decreto 1377 de 2017, “por el cual se adiciona un artículo al capítulo 5 del título 5 de la parte 2 del libro
2 del decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, en lo relacionado con

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DECRETO COPILATORIO 1083 DE 2015
173
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le conere el numeral 11 del artículo 189de
CONSIDERANDO:
(…)
Que la tarea de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario im-
plica, en algunos casos, la simple actualización de la normativa compilada, para
que se ajuste a la realidad institucional y a la normativa vigente, lo cual conlleva,
en aspectos puntuales, el ejercicio formal de la facultad reglamentaria.
Que en virtud de sus características propias, el contenido material de este de-
creto guarda correspondencia con el de los decretos compilados; en conse-
cuencia, no puede predicarse el decaimiento de las resoluciones, las circulares
y demás actos administrativos expedidos por distintas autoridades administra-
tivas con fundamento en las facultades derivadas de los decretos compilados.
Que la compilación de que trata el presente decreto se contrae a la normativi-
dad vigente al momento de su expedición, sin perjuicio de los efectos ultrac-
tivos de disposiciones derogadas a la fecha, de conformidad con el artículo
Que por cuanto este decreto constituye un ejercicio de compilación de re-
glamentaciones preexistentes, los considerandos de los decretos fuente se
entienden incorporados a su texto, aunque no se transcriban, para lo cual en
cada artículo se indica el origen del mismo.
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de 24 de marzo de 2017.
Decreto 303 de 2017, “por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2.2.2.4.6 del decreto número 1083

50.156 de 23 de febrero de 2017.
Decreto 415 de 2016, “por el cual se adiciona el decreto único reglamentario del sector de la Función
     
fortalecimiento institucional en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, publi-

Decreto 413 de 2016, “por el cual se adicionan unos artículos al título 6 de la parte 2 del libro 2 del de-

No. 49.808 de 7 de marzo de 2016.
Decreto 1817 de 2015, “por el cual se adiciona el decreto 1083 de 2015, decreto único reglamentario
del Sector Función Pública, en lo relacionado con el nombramiento y remoción del Superintendente de
Industria y Comercio, del Superintendente Financiero y del Superintendente de Sociedades”, publicado


de la Función Pública, en lo que hace referencia a las comisiones al exterior”, publicado en el Diario

EMPLEO PÚBLICO Y CARRERA ADMINISTRATIVA - CARLOS PACHÓN LUCAS
174
Que las normas que integran el libro 1 de este decreto no tienen naturaleza
reglamentaria, como quiera que se limitan a describir la estructura general ad-
ministrativa del sector.
Que durante el trabajo compilatorio recogido en este decreto, el Gobierno ve-
ricó que ninguna norma compilada hubiera sido objeto de declaración de
nulidad o de suspensión provisional, acudiendo para ello a la información su-
ministrada por la Relatoría y la Secretaría General del Consejo de Estado.
(…)
DECRETA:
LIBRO 1
ESTRUCTURA
PARTE 1
SECTOR CENTRAL
TÍTULO 1
CABEZA DE SECTOR
ARTÍCULO 1.1.1.1. Departamento Administrativo de la Función Pública.El
Departamento Administrativo de la Función Pública es la cabeza del Sector
de la Función Pública encargado de formular las políticas generales de Admi-
nistración Pública, en especial en materias relacionadas con Empleo Público,
Organización Administrativa, Control Interno y Racionalización de Trámites de
la Rama Ejecutiva del Poder Público.
PARTE 2
SECTOR DESCENTRALIZADO
TÍTULO 1
ENTIDADES ADSCRITAS
ARTÍCULO 1.2.1.1. Escuela Superior de Administración Pública.La Escuela
Superior de Administración Pública, ESAP, es un Establecimiento Público, de
carácter universitario, cuyo objeto es la capacitación, formación y desarrollo,
desde el contexto de la investigación, docencia y extensión universitaria, de
los valores, capacidades y conocimientos de la administración y gestión de lo
público que propendan a la transformación del Estado y el ciudadano.

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