Decreto no. 3048 De 23 de agosto de 2011 - P.U.C. Plan Único de Cuentas para Comerciantes 2012 - Libros y Revistas - VLEX 430076690

Decreto no. 3048 De 23 de agosto de 2011

Páginas53-56
Decreto 3048 de 2011 53
DECRETO 3048 DEL 23 DE AGOSTO DE 2011
Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad, de
Información Financiera y de Aseguramiento de la Información.
El Presidente de la Republica de Colombia
En use de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las que le
confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 45 de
en desarrollo de los artículos 6,10 y 12 de la Ley 1314 de 2009, y
Considerando
Que mediante la Ley 1314 de 2009, se regulan los principios y normas de contabilidad
e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia,
se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se
determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.
Que se hace necesario crear la Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad,
de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información para garantizar la
coordinación y colaboración armónica institucional de las autoridades de supervisión
y entidades públicas con competencia sobre entes públicos o privados, para velar
porque las normas de contabilidad, de información financiera y aseguramiento de la
información de quienes participen en un mismo sector económico sean homogéneas,
consistentes y comparables. Lo anterior, con fundamento en el artículo 45 de la Ley
489 de 1998 que autoriza al Gobierno Nacional para la creación de este tipo de
comisiones cuando por mandato legal o en razón a las características la función de
coordinación y orientación superior en la ejecución de las actividades relacionadas
corresponden a varios entes públicos.
DECRETO
Artículo 1. Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad, de
Información Financiera y de Aseguramiento de la Información. Créase la
Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, que en adelante se denominare la Comisión.
Artículo 2. Objeto. La Comisión tendrá por objeto coordinar las entidades públicas
con competencia sobre entes públicos o privados y autoridades públicas de supervisión,

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