Depósito de ahorro - De los contratos bancarios - De los contratos y obligaciones mercantiles - Decreto 410 de 1975, por el cual se expide el Código de Comercio - Código de Comercio. Comentarios - Concordancias - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396732490

Depósito de ahorro

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas879-880

Page 879

ARTICULO 1396. REPRESENTACIÓN EN DOCUMENTOS IDÓNEOS DEL DEPÓSITO RECIBIDO. Los depósitos recibidos en cuenta de ahorros estarán representados en un documento idóneo para refiejar fielmente el movimiento de la cuenta.

Los registros hechos en el documento por el banco, serán plena prueba de su movimiento.

CONCORDANCIAS:

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Arts. 125 al 128.

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ARTICULO 1397. DISPOSICIÓN DE DEPÓSITOS RECIBIDOS EN CUENTA COLECTIVA. De los depósitos recibidos en cuenta de ahorros, a nombre de dos o más personas, podrá disponer cualquiera de ellas, a menos que se haya pactado otra cosa con el establecimiento de crédito.

CONCORDANCIAS:

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Art. 127.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· EXPEDIENTE 00282-01 DE 3 DE FEBRERO DE 2009. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. RUTH MARINA DÍAZ RUEDA. Aspectos relacionados con el CDT.

ARTICULO 1398. RESPONSABILIDAD DEL BANCO POR REEMBOLSO DE SUMAS MAL DEPOSITADAS. Todo banco es...

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