El derecho de desistimiento del contrato en los códigos civiles europeos y sudamericanos por incumplimiento obligacional - La modernización de las instituciones del derecho civil. Responsabilidad civil, propiedad y contrato - Libros y Revistas - VLEX 796449733

El derecho de desistimiento del contrato en los códigos civiles europeos y sudamericanos por incumplimiento obligacional

AutorOlenka Woolcott Oyague/Diego Fernando Monje Mayorca/Ramón Antonio Peláez Hernández/Giovanni Comandé/Rómulo Morales Hervias
Cargo del AutorDoctora en derecho de los contratos y obligaciones de la Scuola Superiore S. Anna, Pisa/Doctor en derecho de la Universidad Externado de Colombia/Doctor en derecho de la Universidad Externado de Colombia/Doctor en derecho privado comparado de la Scuola Superiore S. Anna, Pisa/Doctor en derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas117-135
EL DERECHO DE DESISTIMIENTO DEL CONTRATO EN LOS
CÓDIGOS CIVILES EUROPEOS Y SUDAMERICANOS POR
INCUMPLIMIENTO OBLIGACIONAL
Resumen
El modelo francés de la resolución del contrato por incumplimiento, presenta
importantes desafíos de interpretación y de aplicabilidad en el escenario jurídico
Latinoamericano. Ello debido a las diferentes formas en que este tema se encuen-
tra consagrado en la mayoría de Códigos civiles de nuestro continente.
La anterior situación eventualmente crea un problema al momento de inter-
pretar y aplicar el principio consagrado en el artículo 1184 del Código civil fran-
cés, ya que por una parte se aplica el desistimiento como un modelo que permite
la declaración la extinción del contrato, y por otra la resolución del contrato se
instituye como un prototipo que permite conceder un plazo para que le deudor
ejecute la prestación.
Situación que, sin lugar a dudas amerita un análisis que permita plantear una
noción del derecho de desistimiento capaz de ser aplicada entre los supuestos de
inecacia sobrevenida de la teoría general del contrato.
Palabras clave: Responsabilidad civil, Contratos, Codicación, Latinoamérica.
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118
PRIVADO 18
La modernización de las instituciones del derecho civil
Abstract
The French model for contract termination due to non-compliance presents
important challenges of interpretation and applicability in the Latin American
legal scenario. This is due to different ways in which this issue is enshrined in
most of the civil codes of our continent.
This situation creates a problem when interpreting and applying the principle
enshrined in the Article 1184 of the French Civil Code, since, on the one hand,
withdrawal is presented as a model that allows declaring the termination of the
contract, and, on the other, the resolution of the contract is established as a proto-
type that allows granting a period for the debtor to execute the service.
This situation undoubtedly deserves an analysis, which allows proposing a
notion of the right of withdrawal that is possible to apply between the assump-
tions of ex-post inefciency of the general theory of contracts.
Keywords: Civil liability, contracts, codication, Latin America.
Consideraciones preliminares
La resolución del contrato por incumplimiento según el Código Civil francés
de 1804 (en adelante, Code) fue el modelo que muchos códigos civiles latinoa-
mericanos siguieron. Según el primer párrafo del artículo 1184 del Code, la
resolución por incumplimiento se presenta como condición resolutoria tácita. El
tercer párrafo de esta disposición normativa indica que la resolución deberá ser
demandada judicialmente, y podrá ser concedido un plazo al demandado según las
circunstancias. Esta regulación se basa en una concepción sancionatoria y volun-
tarista: “Por un lado, el juez es el único autorizado para imponer la resolución” y
“el juez debe establecer si las partes hubieran previsto la disolución del contrato
por el incumplimiento”203. Esto genera una desventaja para el acreedor que quiere
liberarse del contrato por incumplimiento del deudor, y, a la vez, incentiva al
acreedor a negociar con el deudor un acuerdo de disolución bilateral en términos
desventajosos. Así, es probable que “en la tratativa propuesta por el acreedor
interesado en obtener la liberación del vínculo, el deudor habría subordinado el
acuerdo a una sensible reducción del resarcimiento del daño derivado de su propio
203 Mauro Paladini, L´atto unilaterale di risoluzione per inadempimento. (Turín: G. Giappichelli Editore, 2013), 156.

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