El derecho disciplinario como disciplina jurídica autónoma - Núm. 95, Julio 2012 - Revista de Derecho Penal y Criminología - Libros y Revistas - VLEX 736952657

El derecho disciplinario como disciplina jurídica autónoma

AutorCarlos Arturo Gómez Pavajeau
Páginas51-68
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EL DERECHO DISCIPLINARIO COMO
DISCIPLINA JURÍDICA AUTÓNOMA*
Carlos Arturo Gómez Pavajeau**
Resumen
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en las diferencias y semejanzas. Derecho Penal y Derecho Disciplinario son
dos especies, junto a otras, del Derecho Sancionador o ius puniendi del Estado.
El trabajo precisa las diferencias que existen entre uno y otros bien a partir de
la noción de género a especie o de especie a especie, por supuesto partiendo
también de criterios políticos y político-constitucionales, en orden a mostrar el
panorama de nuestra disciplina en Colombia.
Palabras clave: aspectos estructurales y funcionales del derecho; norma objeti-
va de valoración y norma subjetiva de determinación; género-especie, naturaleza
jurídica; Estado Social de Derecho.
* Texto ampliado y actualizado de la conferencia pronunciada en el iV Congreso Internacional de Derecho
Disciplinario y ii Jornadas Provinciales de Control Público, realizado en Santa Rosa (La Pampa), 12
y 13 de abril de 2012, organizado por el Centro de Estudios sobre Gestión Pública y Responsabilidad
(cgpyr) de Argentina en el marco de la Confederación Internacional de Derecho Disciplinario. El texto
original fue publicado en la Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública, año xxxiV,
n.º 403, 2012, pp. 79-91.
** Profesor de Derecho Penal y Disciplinario de la Universidad Externado de Colombia. Cofundador y
consejero académico del Instituto Colombiano de Derecho Disciplinario. Cofundador y vicepresiden-
te de la Confederación Internacional de Derecho Disciplinario. Contacto: gomezpavajeau@hotmail.
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aceptación: 17 de diciembre de 2012.
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DISCIPLINARY LAW FOR CAREER PUBLIC SERVANTS AS A LEGAL
AUTONOMOUS DISCIPLINE
Abstract
identify institutions of Law, from a conceptual source of differences and simi-
larities. Criminal Law and Disciplinary Law are two species, among others,
of Sanctioning Law or ius puniendi of the State. This work shows the existing
    
considering as well the political and constitutional-political criteria in order to
show the whole scenario of this discipline in Colombia.
Keywords: structural and functional aspects of Law; subjective rule of deter-
mination and objective assessment rule; gender-specie, legal nature; Social
Rule of Law.
-
rídica de sus instituciones en los llamados Estados teocéntricos y otras expresiones de
Estados totalitarios, es monolítica y unidimensional; vale decir, los poderes públicos
se encuentran concentrados en un mismo eje central que lo domina todo1 y existe una
propensión a que toda infracción a la ley sea vista como un delito.
La visión de origen divino que ostentaban las instituciones en los Estados teocéntricos,
donde el individuo no era nada, implicaba el entendimiento de que toda infracción a
la ley, por tocar el orden divino, tenía naturaleza penal y comportaba como reacción
institucional las penas más graves2. Bien lo señalaba durkheiM
indudable que el derecho penal en su origen era esencialmente religioso”, de allí que
toda ofensa reclamaba una pena como expresión de la expiación, en tanto el delito era
una ofensa a la divinidad3.
El derecho era lo que el monarca determinara, pues recuérdese cómo luis xiV
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me pertenece todo el poder legislativo, sin dependencias ni división. El orden público
entero dimana de mí, y los derechos y los intereses de la nación están necesariamente
unidos a los míos y no descansan más que en mis manos”. Al año siguiente, luis xVi,

porque yo, yo quiero”4.
1 Para el efecto góMez pAVAJeAu, cArlos Arturo. Derecho Penal y Edad Media, Bogotá, Giro Editores,
2005, pp. 73 y ss.
2 lArA peinAdo, Federico y lArA gonzález, Federico. Los primeros códigos de la humanidad, Madrid,
Tecnos, 2001, p. xVii.
3 durkheiM, eMilio. La división del trabajo social, Madrid, Akal, 2001, pp. 108, 109 y 164.
4 soboul, Albert. La Revolución Francesa, Madrid, Tecnos, 1989, pp. 63 y 80.

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