Sobre el derecho a la protesta - Núm. 12-1, Enero 2018 - Novum Jus: revista especializada en sociología jurídica y política - Libros y Revistas - VLEX 786484569

Sobre el derecho a la protesta

AutorGustavo Adolfo Manzo Ugas
Páginas17-55
Sobre el derecho a la protesta
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NOVUM JUS • ISSN: 1692-6013 • E-ISSN: 2500-8692 • Volumen 12 N
o
. 1 • Enero - Junio 2018 • Págs. 17-55
SOBRE EL DERECHO A LA PROTESTA
GUSTAVO ALBERTO MANZO UGAS
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
Resumen
Esta investigación busca establecer las bases que def‌inen el derecho a la protesta en varios países de
América Latina. Se lleva a cabo un recorrido conceptual y teórico de los elementos que caracterizan
este derecho humano y sus orígenes, para revisar diferentes sentencias de Tribunales Constitucionales
que f‌ijan su marco, en atención a los límites y las formas prescritas en estas y su vinculación con los
postulados teóricos de los derechos humanos. Esto posibilita formarse una idea del estado actual de
tan importante derecho, sus avances, retrocesos y expectativas. Asimismo, crea los fundamentos
de los aportes que pueden hacerse para enriquecer las conductas y los derechos de los seres humanos.
Palabras clave: derecho a la protesta, sentencias, límites, derechos humanos, libertades.
El autor: profesor asistente de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela.
Correo electrónico: manzo.gustavo@gmail.com
Recibido: 24 de agosto de 2017; evaluado: 27 de septiembre de 2017; aceptado: 20 de noviembre
de 2017.
DOI: 10.14718/NovumJus.2017.12.1.2
Gustavo Alberto Manzo Ugas
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NOVUM JUS • ISSN: 1692-6013 • E-ISSN: 2500-8692 • Volumen 12 N
o
. 1 • Enero - Junio 2018 • Págs. 17-55
ON THE RIGHT TO PROTEST
GUSTAVO ALBERTO MANZO UGAS
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
Abstract
This research seeks to establish the fundamental bases that def‌ine the Right to Protest in different
countries of Latin America. In this line of thinking, a theoretical conceptual review is made of the
elements that characterize this human right, its origins to review different Constitutional Courts that
establish its framework, taking into account the limits and forms prescribed in them, and their overall
link to the theoretical postulates of human rights, making it possible to picture the current status
of such an important right, its advances, setbacks, and expectations. It also creates the fundamental
bases of the contributions of this study to enrich the behaviors and rights of human beings.
Keywords: Right to protest, sentences, limits, human rights, freedom.
About the author: Assistant Professor of Constitutional Law from Universidad Central de Venezuela.
E-mail: Correo electrónico: manzo.gustavo@gmail.com
Received: August 24, 2017; evaluated: September 27, 2017; accepted: November 20, 2017
DOI: 10.14718/NovumJus.2017.12.1.2
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NOVUM JUS • ISSN: 1692-6013 • E-ISSN: 2500-8692 • Volumen 12 N
o
. 1 • Enero - Junio 2018 • Págs. 17-55
Introducción
Durante los últimos años, en América Latina se han presentado cambios en las
condiciones sociales y políticas, los cuales han propiciado movimientos de diversa
índole y han producido variedad de planteamientos para toda la sociedad. Algunas
de estas corrientes han apuntado a múltiples aspectos que afectan al individuo o a
la sociedad; muchos de los planteamientos que subyacen a ellas tienen contenidos
que han estremecido las bases de la política y del derecho, no por lo novedosos,
sino por la necesidad imperativa de rescatar al individuo y su esencia fundamental
materializada en su libertad.
El individuo y su libertad han sido objeto de numerosas restricciones, cuya tendencia
se nota en un incremento de las limitaciones a su espacio de actuación en los
últimos cincuenta años. La restricción de los derechos que se toma en cuenta aquí
es la relacionada con el derecho a la protesta y cómo esta ha sido tratada desde
el Estado. Cuanto más se restringe el derecho de libertad de los ciudadanos, más
se hará presente la protesta como elemento que busca oponerse a esa restricción
y, por otro lado, mientras los derechos sociales no se hagan efectivos y se consiga
un equilibrio que reduzca las iniquidades sociales, allí también se hará presente la
protesta y la contestación.
Uno de los temas más importantes al cual se debe hacer referencia es la democracia.
Protestar surge como una necesidad frente a la idea del Estado moderno, entendido
como un ente que está por encima de los individuos por la suma de sus voluntades;
una de las justif‌icaciones más importantes de tal idea es la necesidad de establecer
orden entre el grupo de individuos que ocupa un territorio determinado, en una
condición social en la cual hay una eventual carencia de normas (anomia) o de
orden, producto de la situación existencial de la sociedad y de lo natural que a
cada individuo le corresponde afrontar. Dicho de otra forma, ontológicamente, el
Estado no presenta el orden como característica, sino el desorden y el individuo
protesta por las consecuencias del desorden.
La noción primigenia de Estado se basa en la necesidad de imponer el orden,
producto de la legitimidad otorgada por la sociedad. Este orden deviene de lo
normativo, que cobra fuerza mediante la legitimidad del voto y la decisión de la
sociedad, en tanto el cuerpo social le dota de la facultad de imponer las decisiones que
afectarán al propio individuo. Esto no es más que el viejo concepto de soberanía
que se estudia en el derecho constitucional de los primeros años de la carrera.

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