El derecho de la salud en las personas de la tercera edad: una perspectiva comparada en el caso alemán e inglés - Núm. 11-2014, Enero 2014 - Universitas Estudiantes - Libros y Revistas - VLEX 705583761

El derecho de la salud en las personas de la tercera edad: una perspectiva comparada en el caso alemán e inglés

AutorJorge Mauricio García Betancur
CargoEstudiante de Derecho de X semestre de la Universidad de los Andes
Páginas187-232
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EL DERECHO DE LA SALUD EN LAS PERSONAS DE LA TERCERA EDAD
Univ. Estud. Bogotá (Colombia) N° 11: 187-232, enero-diciembre 2014
Fecha de recepción: 17 de abril de 2014
Fecha de aceptación: 26 de septiembre de 2014
EL DERECHO DE LA SALUD EN LAS PERSONAS
DE LA TERCERA EDAD: UNA PERSPECTIVA
COMPARADA EN EL CASO ALEMÁN E INGLÉS
Jorge Mauricio garcía Betancur1
RESUMEN
La población mundial se está envejeciendo. Esto traerá consigo
diferentes consecuencias en distintos ámbitos, como en materia
pensional y en salud. En el presente texto se abordará este último,
ya que los adultos mayores hacen parte del grupo poblacional que
más hace uso del servicio a la salud. De este modo se analizará
el sistema alemán e inglés y a partir de allí expondremos qué
elementos servirán para entender y mejorar el ordenamiento
jurídico colombiano.
Palabras clave: sistema Bismark, Beveridge, adulto mayor,
National Health Service, derecho a la salud.
1 Estudiante de Derecho de X semestre de la Universidad de los Andes. Ha sido monitor de los
cursos de Derecho Romano y Constitución y Democracia. Estudió idiomas en Londres y realizó
un intercambio académico con la Universidad Carlos III de Madrid. Además, se desempeñó
como pasante de la sección consular de la Embajada de Colombia en Suiza. Igualmente, fue
integrante del equipo PAIIS de la Universidad de los Andes que trabaja con tres grupos: Personas
con discapacidad, comunidad LGBT y adultos mayores. El presente texto hace parte de una
investigación profesoral promovida por la profesora Neyla Faridy Jiménez Valencia, docente de
Derecho de Familia de la Universidad de los Andes.
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Univ. Estud. Bogotá (Colombia) N° 11: 187-232, enero-diciembre 2014
THE RIGNT TO HEALTH IN SENIOR POPULATION:
COMPARATIVE OVERSIGHT TO BERMAN END
ENGLISH EXPERIENCE
ABSTRACT
The world population is aging. This will entail different
consequences in various elds such as: in health and pension
matters. In this text the former will be addressed because the
elderly population are part of the group that more use the health
service. Thus, we will discuss the German and English health
system in order to understand and improve the Colombian legal
health system.
Key words: Bismark, Beveridge, Senior, National Health Service,
the right to health.
INTRODUCCIÓN
El primero de octubre se ha declarado como el Día Internacional de las Personas
de la Tercera Edad2. La razón que lleva a la ONU a impulsar dicha fecha es la
preocupación que gira hacia el envejecimiento de la población mundial. Así,
según cifras de las Naciones Unidas, se estima que entre el 2000 al 2050 el
número de personas de más de 60 años aumentará de 600 millones a casi 2000
millones3. Además, se prevé que el porcentaje de personas de avanzada edad
2 En el presente artículo utilizaremos los términos adulto mayor y persona de la tercera edad como
sinónimos. Lo anterior se debe a que en algunas sentencias estos términos no son homogéneos.
Así, por ejemplo, en la aclaración de voto de la sentencia T-758 del 2009 se arma que la tercera
edad inicia a partir de los 71 años, es decir, cuando se sobrepasa la expectativa de vida de los
colombianos. En esa medida, sería a partir de dicha edad que las personas serían considerados
sujetos de especial protección. Así, las personas entre los 60 y 71 años serían considerados
como adultos mayores sin tener la especial protección. Igualmente en las consideraciones de la
sentencia T-603 de 1008 se diferencia entre adulto mayor y personas de la tercera edad, en donde
para pertenecer a este último grupo, se necesita haber superado el promedio de expectativa de
vida de los colombianos (71 años). Sumando a esto, de acuerdo a la Ley 1276 de 2009 artículo 7
literal b (actualmente vigente) se dene al Adulto Mayor como “aquella persona que cuenta con
sesenta (60) años de edad o más. A criterio de los especialistas de los centros vida, una persona
podrá ser clasicada dentro de este rango, siendo menor de 60 años y mayor de 55, cuando sus
condiciones de desgaste físico, vital y psicológico así lo determinen”. Consecuentemente y en
miras de evitar confusiones los términos adulto mayor y persona de la tercera edad serán tratados
como sinónimos y cuando se haga referencia se hablará de personas que superen los 60 años.
3 Consejería Presidencial para la Política Social. El envejecimiento y su atención en Colombia:
un balance y perspectivas. 2001, pág. 4 disponible en http://www.redadultosmayores.com.ar/
buscador/les/COLOM009.pdf
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se duplique, es decir, pase de un 10% a un 21%4. Lo anterior implica, por un
lado una mejoría de: la salud mundial, del nivel educativo y de los avances
en planicación familiar5, 6; y por el otro lado, supone retos a las sociedades
actuales para defender los derechos humanos de este grupo de personas como el
derecho a la salud7.
Colombia no es la excepción a esta realidad mundial. De hecho, mientras que
en la década de los cincuenta las personas de la tercera edad representaban el 5%
de la población, en 2000 ya eran 7% y se estima que para 2050 este porcentaje
se aumente a un 22%8. De este modo, es necesario analizar qué problemáticas
resulta de tener una sociedad que envejece.
Cabe resaltar, que a las personas de la tercera edad lo protegen todos los
derechos fundamentales9. Así, dentro de los proyectos adelantados para garantizar
estos, en 2002 se creó el Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento
el cual se basa en tres pilares fundamentales: desarrollo, salud - bienestar, y
entornos propicios - favorables10. De este modo, dentro de los derechos que el
Estado colombiano está obligado a reconocer y a garantizar a las personas de
avanzada edad11 se encuentra el derecho a la salud.
4 Consejería Presidencial para la Política Social. Ibíd.
5 El aumento de la población de edad en el mundo implica una mejoría en la planicación familiar.
Esto se debe a que al educar a la sociedad garantizará el aumento de la población mayor y de la
esperanza de vida y a su vez reducirá nuevos nacimientos.
6 Consejería Presidencial para la Política Social. Ibíd.
7 Organización Mundial de la Salud. Salud mundial: retos actuales. Pág. 20. Disponible en http://
www.who.int/whr/2003/en/Chapter1-es.pdf
8 Consejería Presidencial para la Política Social. Op. cit., pág. 4.
9 Dueñas ruiz, Óscar José; riaño BarÓn, gina Magnolia; Palacios sanaBria, María teresa;
sierra caMargo, JiMena (2011). Derechos humanos y políticas públicas para el adulto mayor:
situación en Colombia y referencias iberoamericanas. Colombia, España, Ecuador, Cuba, Costa
Rica, Uruguay. Universidad del Rosario. Bogotá, pág. 16.
10 Dueñas ruiz, Óscar José, et al., op. cit.
11 Algunos tratados internacionales que implican obligaciones al Estado colombiano frente a
las personas de la tercera edad son los siguientes: La Declaración Universal de los Derechos
Humanos arts. 22 y 25 referentes a la seguridad social; El Pacto de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales art. 12 en el cual se establece el derecho a disfrutar del más alto nivel posible
de salud física y mental; tratado constitutivo de la Organización Mundial de la Salud que implica
una garantía para las personas de la tercera edad; el Protocolo de San Salvador que implica una
progresividad presupuestal y de los derechos económicos sociales y culturales (DESC), entre esos
la seguridad social; La aprobación en 1991 por parte de las Naciones Unidas de los Principios
de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad. Los cuales giran en torno a cuatro
problemáticas (independencia, participación, cuidados y dignidad). Para mayor consulta ver:
Dueñas Ruiz, Oscar José, otros. Op. cit., págs. 7-10.

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