De los derechos, las garantías y los deberes - - - Constitución política de Colombia - 1ra edición - Libros y Revistas - VLEX 631757397

De los derechos, las garantías y los deberes

AutorHéctor Darío Arévalo Reyes
Páginas4-23
De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la in-
tegración latinoamericana y del Caribe.
Artícul o 10. El castellano es el idioma ocial de Colombia. Las lenguas
y dialectos de los grupos étnicos son también ociales en sus territorios. La
enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas
propias será bilingüe.
Título II
De los derechos, las garantías y los deberes
Capítulo 1
De los derechos fundamentales
Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
Artículo 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a
tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la
misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos,
libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo,
raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o losóca.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva
y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condi-
ción económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad
maniesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
èObserve la Ley 581 de 20 00
Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su perso-
nalidad jurídica.
Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y
familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y recticar las informa-
ciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de
entidades públicas y privadas.
En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la liber-
tad y demás garantías consagradas en la Constitución.
La correspondencia y demás formas de comunicación privada son invio-
lables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en
los casos y con las formalidades que establezca la ley.
Ley  de . Por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la
mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público,
de conformidad con los artículos ,  y  de la Constitución Nacional y se dictan
otras disposiciones. Diario Ocial n°. ., de  de mayo de .
| 5héctor darío arévalo reyes
Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigi-
lancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de
contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley.
èNOTA: el artículo 15 fue modific ado por el Acto Legislativo 02 de 200 3,
el cual fue declarado in exequible por la Corte Constituc ional mediante
Sentencia C-816 de 2004, por el vicio de procedimiento ocurrido en
el sexto debate de la segunda v uelta.
èHabeas data. O bserve Ley 1266 de 200 8.
Artícul o 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su
personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los
demás y el orden jurídico.
Artículo 17. Se prohiben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres
humanos en todas sus formas.
Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado
por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado
a actuar contra su conciencia.
Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho
a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.
Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.
Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difun-
dir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e
imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a
la recticación en condiciones de equidad. No habrá censura.
Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma
de su protección.
Artículo 22. La p az es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Artícul o 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas
a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pron-
ta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones
privadas para garantizar los derechos fundamentales.
Artículo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley,
tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir
de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.
èNOTA: El artículo 24 fue modifi cado por el Acto Legislativo 02 de 200 3,
el cual fue declarado in exequible por la Corte Constituc ional mediante
Sentencia C-816 de 2004, por el vicio de procedimiento ocurrido en
el sexto debate de la segunda v uelta.
Ley Estatutaria  de . Por la cual se dictan las disposiciones generales del
hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos
personales, en especial la nanciera, crediticia, comercial, de servicios y la prove-
niente de terceros países y se dictan otras disposiciones. Diario Ocial n°. . de
 de diciembre de .

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR