Discusiones jurídicas derivadas de la Lex Tertia en Colombia - Núm. 69, Julio 2015 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 690783197

Discusiones jurídicas derivadas de la Lex Tertia en Colombia

AutorCésar Augusto Castellanos Gómez
CargoAbogado de la Universidad Autónoma de Bucaramanga
Páginas181-208
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DISCUSIONES JURÍDICAS DERIVADAS DE LA LEX TERTIA
*
EN COLOMBIA
**
César Augusto Castellanos Gómez
Recibido: Junio 23 de 2015
Aprobado: Noviembre 1 de 2015
RESUMEN
El presente trabajo tiene como objetivo analizar el fenómeno jurídico de
la lex tertia desde el principio de legalidad, mostrando su dinámica en
diferentes escenarios de discusión; (i) en el plano jurisprudencial (ii) en
el plano de la doctrina del Derecho Penal de producción nacional y
foránea; y (iii) desde la teoría del Derecho, con el fin de describir los
argumentos que sustentan las posiciones a favor y en contra de la lex
tertía y su relación argumentativa con la doctrina del Derecho Penal y la
Teoría del derecho en general.
Palabras claves: Derecho Penal, Principio de favorabilidad penal, Lex
tertia, Corte Suprema de Justicia de Colombia, Positivismo
normativista, Constitucionalismo.
LEGAL DISCUSSIONS DERIVED FROM LEX TERTIA IN
COLOMBIA
ABSTRACT
This paper aims to analyze the legal phenomenon of lex tertia showing
its dynamics in different stages of discussion (i) in the case-law (ii) in
terms of doctrine of criminal law of national and foreign sources, and
(iii) the law theory, to describe the arguments supporting positions for
and against the lex tertia and its argumentative relationship with the
doctrine of criminal law and law theory in general.
Revista Temas Socio Jurídicos
Volumen 34 N°69 Julio - Diciembre de 2015
pp. 181 - 207
ISSN 0120-8578
* El contenido de este artículo es producto del trabajo de grado presentado ante la Universidad Autónoma de
Bucaramanga para obtener el título de abogado (2015).
** Abogado de la Universidad Autónoma de Bucaramanga. Especialista en Derecho Comercial.
Actua lmente cursa el pregr ado de Filos ofía e n la Unive rsidad Indu strial de Sant ander.
cesarcastellanosg@gmail.com
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Keywords: Criminal law, Principle of criminal favorability, Lex tertia,
Supreme Court of Colombia, Normative positivism, Constitutionalism
DISCUSSÕES JURÍDICAS ORIGINADAS DA LEX TERTIA
NA COLOMBIA
RESUMO
Este trabalho tem por objetivo analisar o fenômeno jurídico da lex tertia
a partir do princípio da legalidade que mostra a sua dinâmica em
diferentes contextos de discussão (i) no nível jurisprudencial (ii) em
termos da doutrina do Direito Penal da produção nacional ou forânea e
(iii) a partir da teoria do Direito, a fim de descrever os argumentos que
sustentam as posições a favor e contra a lex tertia e sua argumentação
com a doutrina do Direito Penal e a teoria jurídica em geral.
Palavras-chave: Direito penal, O princípio de favorabilidade criminal,
Lex tertia, a Suprema Corte de Justiça da Colômbia, O positivismo
normativista, O constitucionalismo.
1. INTRODUCCIÓN
El Derecho en la actualidad ya no puede pensarse de forma local. La
globalización ha integrado a los países, no solo desde el punto de vista
económico sino también desde el punto de vista político y cultural, de
las que no ha sido ajeno el Derecho. Las influencias a las que está
expuesto el Derecho son muy variadas, desde teóricas que promueven
un cambio en la forma de ver e interpretar el Derecho, hasta la creación
de normas comunes en cooperación con otros países, pasando por
sistemas jurídicos de integración regional e incluso trasplantando
1 2
fórmulas jurídicas de éxito de otros continentes .
Así mismo, nuestro sistema jurídico no solo ha recibido influencias
exógenas, pues dinámicamente ha permanecido en constante evolución
en lo interno a la par que los sistemas políticos intentan a través de
1 Sobre la teoría de los trasplantes jurídicos puede consultarse Bonilla Maldonado, Daniel, Teoría del
derecho y los trasplantes jurídicos: Estructura del debate. En: Teoría del derecho y los trasplantes jurídicos.
Bogotá. Universidad de los Andes, Siglo del Hombre Editores. 2009.
2 Nuestro sistema penal acusatorio caracterizado por la oralidad en los procedimientos no ha sido una
construcción jurídica propia. Estos sistemas procedimentales han sido propios de los países anglosajones y
de Estados Unidos y ha sido casi calcado a nuestro sistema por intermedio de la ley 906 de 2004 para agilizar
los procedimientos.
Volumen 34 Nº 69 Julio - Diciembre de 2015

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