Disposiciones generales - Parte especial. De los delitos en particular - Ley 599 de 2000 (julio 24) - Código Penal y de Procedimiento Penal concordado - Libros y Revistas - VLEX 513229714

Disposiciones generales

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas311-311

Page 311

CAPÍTULO ÚNICO De la derogatoria y vigencia

ARTÍCULO 474. DEROGATORIA. Deróganse el Decreto 100 de 1980 y demás normas que lo modfican y complementan, en lo que tiene que ver con la consagración de prohibiciones y mandatos penales.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· Artículo 474 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-226 de 2 de abril de 2002, Magistrado Ponente Dr. Álvaro Tafur Galvis.

ARTÍCULO 475. TRANSITORIO. El Gobierno Nacional, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, integrarán una Comisión Interinstitucional encargada de estudiar, deinir y recomendar al Congreso de la República la adopción de un proyecto de ley relativo al sistema de responsabilidad penal juvenil para personas menores de dieciocho (18) años.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· *Ley 1098 de 2006: Arts. 139 al 191.

· Constitución Política de Colombia: Art. 45.

ARTÍCULO 476. VIGENCIA. Este Código entrará a regir un (1) año después de su promulgación.

JURISPRUDENCIA: (Para...

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