Dividendos y participaciones - Título III. Conceptos Sujetos a Retención - Libro Segundo. Retención en la Fuente - Estatuto tributario 2017 - Libros y Revistas - VLEX 677173777

Dividendos y participaciones

AutorJorge Hernán Zuluaga Potes
Páginas198-199

Page 198

Artículo 389. Cuáles están sometidos a retención.

Los dividendos y participaciones percibidas por sociedades u otras entidades extranjeras, por personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes extranjeros que no eran residentes en Colombia, están sometidos a la retención en la fuente.

Igualmente, estarán sometidos a retención en la fuente los dividendos y participaciones que perciban los socios, accionistas, asociados, suscriptores o similares, que sean personas naturales residentes en el país, sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes en el país, o sociedades nacionales, en cuanto excedan la parte no constitutiva de renta ni ganancia ocasional establecida de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49.

Artículo 390. Retención sobre dividendos y participaciones.

Modificado por el artículo 125 de la Ley 223 de 1995. La tarifa aplicable a los dividendos y participaciones contemplados en el artículo 49, será la que determine el Gobierno Nacional. En ningún caso la tarifa podrá sobrepasar el treinta y cinco por ciento (35%.) (33%).

Concordancias: Artículos 1.2.4.7.1 a 1.2.4.7.2 DURT 1625 de 2016.

Artículo 391. Tarifa sobre otras rentas.

Inciso 1º. modificado por el artículo 126 de la Ley 223 de 1995. La tarifa de retención en la fuente para los dividendos y participaciones de que trata el inciso primero del artículo 245 de este estatuto es la señalada en dicho artículo...

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