Editorial: Publicidad comparativa y protección del consumidor
Autor | Emilio José Archila Peñalosa |
Páginas | 3-4 |
con-texto • revista de derecho y economía • n.º 42 • julio-diciembre 2014 • pp. 3-4
LA TESIS
Dos de las mayores protecciones de los derechos de los consu midores son la competencia
y la información. Así, la publicidad comparativa, que las fusiona, debe ser privilegiada.
LAS RAZONES
Por esta vía (i) se reducen los costos para los usuarios; (ii) se eleva el nivel de conoci-
miento previo a las decisiones; (iii) se genera un esquema de información dinámico, y
se habilita a los competidores para controlarse mut uamente en mentiras, exageraciones
o desinformaciones.
(i) Se reducen costos para los usuarios: los consumidores asumen costos de transacción
relacionados con la búsqueda de productos y los tendientes a obtener información que
les permita adoptar decisiones. Cuando se ofrece publicidad comparativa, los compe-
tidores se esfuerzan en dotar a los consumidores de esos datos, análisis y depuraciones,
de manera que el “estudio” se hace por única vez y solo por parte de quienes tienen el
incentivo para hacerlo bien.
(ii) Nivel de conocimiento y control experto: la protección al consumidor se inspi-
ra “en el propósito de restablecer su igualdad frente a los productores y distribuidores,
dada la asimetría real en que se desenvuelve la persona que acude al mercado en pos de
la satisfacción de sus necesidades humanas”. La publicidad comparativa contribuye a
minimizar dicha falla de mercado puesto que la información que se suministra es espe-
cializada, debido a que es resultado de estudios realizados por los empresarios, que sí
saben y para quienes sí es posible indagar la verdad relevante.
Editorial
Publicidad comparativa y
protección del consumidor*
Emilio José ArchilA PEñAlosA
earchila@uexternado.edu.co
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba