Efectos de la indebida notificación de los actos administrativos tributarios emitidos por la DIAN en la etapa de liquidación o determinación de los tributos de orden nacional - Núm. 7, Junio 2014 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 736960773

Efectos de la indebida notificación de los actos administrativos tributarios emitidos por la DIAN en la etapa de liquidación o determinación de los tributos de orden nacional

AutorAna María Vega
Páginas207-214
207
Efectos de la indebida notificación
de los actos administrativos
tributarios emitidos por la dian
en la etapa de liquidación o
determinación de los tributos de
orden nacional
AnA mAríA VegA
Notificaciones en materia tributaria
La notificación es la forma de dar a co-
nocer a los administrados las actuaciones y
decisiones de carácter particular, expedidas
por la administración que afectan la relación
jurídico-tributaria. A través de esta, podemos
advertir la materialización de los principios
de publicidad, contradicción y del debido
proceso, que se encuentran contenidos en el
Una vez producido el acto administrativo
por parte de la administración, éste no pasa
de ser un fenómeno propio de la intimidad
de la misma; carente de fuerza jurídica para
producir efectos frente a un tercero (Santofi-
mio Gamboa, 1996: 193), la administración
debe iniciar un procedimiento –conocido
como notificación– tendiente a dar a conocer
sus decisiones.
La Corte Constitucional ha determinado
que cuando las notificaciones se realizan en
debida forma no solo aseguran que el afec-
tado haga uso de los medios jurídicamente
idóneos para la salvaguarda de sus intereses,
sino que además conlleva a que se preserve
la continuidad del trámite judicial o adminis-
trativo correspondiente, en la medida que la
fecha de la notificación define los términos
preclusivos dentro de los cuales podrá el no-
tificado ejecutar los actos a su cargo2.
Las formas de llevar a cabo las notifica-
ciones de los actos administrativos de ca-
rácter tributario cuentan con una regulación
específica dentro del Estatuto Tributario
Nacional, encontrándose regladas en el Tí-
tulo i del Libro v. Los vacíos que se puedan
presentar dentro de la legislación tributaria,
y en el caso concreto referente a las notifi-
caciones, serán suplidos por las normas del
1437 de 2011), en aplicación a sus artículos
2 y 343.
Las formas de notificación contenidas
en la ley tributaria son: la personal, por co-
3 Los artículos 2 y 34 de la Ley 1437 de 2011 disponen: “Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Las
normas de esta Parte Primera del Código se aplican a todos los organismos y entidades que con-
forman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, a los órganos

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