Para que una Empresa Industrial y Comercial del orden municipal pueda contratar la construcción de infraestructura y explotación de un bien destinado al servicio o uso público, debe celebrar un contrato de concesión y no un contrato de arrendamiento - Núm. 2016, Enero 2016 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 611181623

Para que una Empresa Industrial y Comercial del orden municipal pueda contratar la construcción de infraestructura y explotación de un bien destinado al servicio o uso público, debe celebrar un contrato de concesión y no un contrato de arrendamiento

AutorDerecho Justo

El Alto Tribunal resolvió que una Empresa Industrial y Comercial del orden municipal no puede celebrar con particulares un contrato de arrendamiento, cuyo objeto era la construcción de infraestructura y explotación de un bien destinado al servicio o uso público a cargo del contratista, sin vulnerar el régimen de Contratación Estatal que establece el contrato de concesión como la figura adecuada en razón al objeto a contratar, porque la tipología del contrato de concesión, establece que su celebración se debe dar mediante el procedimiento licitatorio.

El Consejo de Estado señaló que, por lo anterior, el contrato celebrado por la...

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