Una empresa industrial y comercial del Estado puede terminar un contrato de arrendamiento de manera unilateral cuando el bien objeto del contrato sufre daños significativos que obligan a su demolición - Núm. 2016, Enero 2016 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 632270157

Una empresa industrial y comercial del Estado puede terminar un contrato de arrendamiento de manera unilateral cuando el bien objeto del contrato sufre daños significativos que obligan a su demolición

AutorDerecho Justo

El Alto Tribunal resolvió que una empresa industrial y comercial del Estado que ha celebrado con una cooperativa un contrato de arrendamiento de un bien público, puede terminar el mismo de manera unilateral, antes del vencimiento del término pactado, cuando el bien objeto del contrato sufrió daños significativos que obligaron a su demolición como consecuencia de un terremoto, porque el bien inmueble objeto del contrato de arrendamiento resultó afectado como consecuencia del terremoto, siendo la única medida procedente la demolición del mismo, conforme a los conceptos allegados por el Comité Regional de Emergencias y de la Sociedad de Ingenieros del Quindío, en el que se estableció que el bien representaba un inminente peligro.

El Consejo de Estado señaló que la decisión de terminar el contrato tuvo como fundamento lo dispuesto por el artículo 2008 (numeral 1) del Código Civil, según el cual el arrendamiento expira por la destrucción total de la cosa arrendada.

El fallo agregó que los supuestos fácticos y jurídicos que sirvieron de fundamento para la...

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