El encuentro de la Corte Constitucional con la identidad de género de las personas trans - Núm. 1, Agosto 2016 - UNA. Revista de derecho - Libros y Revistas - VLEX 650853961

El encuentro de la Corte Constitucional con la identidad de género de las personas trans

AutorEmilio Lehoucq y Luis Enrique Penagos
Páginas1-7
UNA Revista de Derecho
Vol. 1: 2016
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1
Análisis jurisprudencial
EL ENCUENTRO DE LA CORTE
CONSTITUCIONAL CON LA IDENTIDAD DE
GÉNERO DE LAS PERSONAS TRANS
Emilio Lehoucq y Luis Enrique Penagos
I. ¿De qué vamos a hablar?
El 21 de mayo de 2014 la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín
resolvió un caso diferente a los que fallaba todos los días. Ese día sus
formatos pre-hechos no le sirvieron. Hace poco tiempo había llegado Sara
Valentina López Jiménez al Tribunal. Cuando nació y mientras crecía le
dijeron que era un hombre, pero hace un tiempo se auto-identificaba como
mujer. También había decidido adecuar su expresión de género a la que, se
supone, deben asumir las mujeres. El 15 de febrero de 2014 se había
practicado una cirugía de reasignación de sexo. Igualmente, se había
realizado una mamoplastia y las demás cirugías que, había decidido, quería
incluir en su tránsito.
Sara Valentina era objeto de múltiples violencias y discriminaciones
cotidianas por la discordancia entre su identidad de género y aquella que
era reconocida por el Estado en su cédula. Cada vez que solicitaba un
empleo, para no dar más que un ejemplo, se lo negaban tras advertir dicha
discordancia. Por esto, el 2 de abril de 2014 Sara Valentina acudió a la
Notaría Doce del Circuito de Medellín para modificar su nombre y su sexo
en su registro civil de nacimiento y demás documentos de identidad. Pero
se lo negaron.
Una persona con una experiencia de vida similar a la de Sara Valentina…
una persona trans, ¿tiene derecho a modificar el sexo en su registro civil y
demás documentos de identidad para que se adecúan a su identidad de
género? Esta es la pregunta que nos interesa y que define el escenario
constitucional del cual vamos a hablar. El Tribunal la respondió
negativamente y negó la solicitud hecha por Sara Valentina. La Corte
Constitucional adoptó la posición contraria en la sentencia T-063 de 20151.
Hoy por hoy, esta es la sentencia dominante de una línea jurisprudencial
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
1 M.P. María Victoria Calle Correa.

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