¿Qué es integralidad?
Autor | Juan Carlos Ospina - Cielo Linares - Jorge Abril Maldonado |
Páginas | 45-66 |
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2. ¿Qué es integralidad?
De acuerdo con lo mencionado en el capítulo anterior, el sistema creado
para garantizar los derechos a la verdad la justicia la reparación e im-
pedir la repetición responde a una comprensión sobre la integralidad de
tales derechos y a la relación entre las entidades encargadas de su garan-
tía De esta forma los derechos y los mecanismos así como las medidas
del sistema, deben estar racionalmente enlazados entre sí de tal forma
que puedan atender a las expectativas de las víctimas y al cumplimiento
de los estándares nacionales e internacionales sobre la materia.
El Acto Legislativo 01 de 2017 determina que los mecanismos y las medidas
del SIVJRNR no pueden entenderse de forma aislada, ya que buscan brin-
dar una respuesta integral a las víctimas. Esto implica, por lo menos, que:
La integración y organización del SIVJRNR no es jerárquica, pues to-
das las entidades tienen igual importancia.
Los mecanismos son interdependientes dada la garantía integral de
derechos
La forma de organizar la interrelación e interdependencia de los me-
canismos debe buscar simplicar y allanar los procesos de participa-
ción de las víctimas.
La ecacia de los objetivos de los mecanismos es indivisible con el
propósito de responder a las víctimas.
Existe un deber de eciencia de cada mecanismo en el cumplimiento
de su función principal en el marco del SIVJRNR.
Vistos los deberes de ecacia y eciencia ningún mecanismo debe
duplicar las funciones de otro. Por lo tanto, la coordinación es esen-
cial y en caso de duda se deberán adelantar actividades de colabora-
ción entre los mecanismos.
Según esta comprensión, la integralidad del SIVJRNR ofrece posibilida-
des de interacción cuyo propósito es evitar que sus mecanismos funcio-
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La Integralidad como garantía de no repetición
nen de forma descoordinada, desordenada o fragmentada, con lo cual se
garantiza el cumplimiento de sus objetivos misionales, particularmente,
el reconocimiento de los derechos de las personas que harán parte de los
mecanismos y medidas, lo que incluye a las víctimas.
Esta integralidad no se satisface con la mera aplicación de principios
propios de la gestión pública, sino que requiere de un enfoque de DDHH
que incluya su garantía y protección, de modo que el SIVJRNR alcance los
propósitos para los que sus mecanismos y medidas fueron creados.
Asimismo, si se tienen en cuenta los daños personales, sociales y co-
munitarios que generan las violaciones de los DDDHH y las infracciones
al DIH, es necesario que la acción del Estado no esté encaminada solo
a la garantía efectiva de los derechos a la verdad a la justicia a la re-
paración y la no repetición, sino también que esta sea dada de forma
integral. Esto quiere decir que en la comprensión de la garantía de los
derechos debe reconocerse su carácter relacional es decir la inciden-
cia de unos sobre otros, al ser partes todos de un mismo propósito en
relación con la respuesta a las víctimas Igualmente dicha comprensión
integral de los derechos podría signicar la comprensión de relaciona-
miento con otros que, a pesar de no corresponder principalmente a las
nalidades del SIVJRNR pueden verse garantizados o incluso desarro-
llados como por ejemplo el derecho a la salud bajo una comprensión
integral en la atención psicosocial.
De acuerdo con lo anterior, el carácter relacional permite una compren-
sión que plantea un reconocimiento de ciertos derechos como comple-
mento de otros o comprendidos en otros en el marco del valorprincipio
derecho a la dignidad de las víctimas propósito y n último de la creación
del SIVJRNR y pilar esencial del Estado social de derecho
La relación entre los derechos a la verdad a la justicia y a la reparación
permite identicar que las garantías de no repetición son un derecho
vector es decir cuentan con la fuerza suciente para que su concreción
genere la garantía amplia y ambiciosa de otros derechos Este plantea-
miento refuerza aquel expuesto en el capítulo anterior, según el cual la
no repetición permite la consolidación y vigencia del Estado social de
derecho y además genera una comprensión sobre la integralidad como
parte de un movimiento de transición que plantea la necesidad de pro-
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