Estándares/Normas Internacionales de Contabilidad
Autor | Samuel Alberto Mantilla Blanco |
Páginas | 200-319 |
ESTÁNDARES/NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (IFRS/NIIF) SAMUEL ALBERTO MANTILLA B.
200
4
ESTÁNDARES/NORMAS INTERNACIONALES
DE CONTABILIDAD
Estándar/Norma Internacional de Contabilidad
Presentation of
Financial Statements
IAS/NIC
1Presentación de los
estados nancieros
Antecedentes
• Vigente a 01 Enero 2018.
• La versión actualmente vigente fue emitida en septiembre de 2007, efectiva el 1 de enero
de 2009.
• El IAS 1 Presentación de estados nancieros fue emitido en septiembre de 1997 para
reemplazar al IAS 1 Revelación de políticas de contabilidad (1974) y al IAS 13 Presentación
de activos corrientes y pasivos corrientes (1979).
• El IAS 1 (1997) fue revisado en el 2003 y en el 2005.
• Ha recibido modicaciones como fruto de los cambios realizados a otros estándares.
Las más recientes se relacionan con la presentación de elementos de otros ingresos
comprensivos (junio 2011) y las derivadas de la iniciativa de revelación (diciembre 2014).
• Interpretaciones relacionadas:
o IFRIC 17 Distribuciones, a los propietarios, de activos que no son efectivo
o SIC 27 Evaluación de la sustancia de las transacciones en la forma legal de un
arrendamiento
o SIC 29 Revelación – Acuerdos de servicios de concesión
Contexto de negocios
La presentación de los estados nancieros reeja los procesos previos para su elaboración y se
convierte, de alguna manera, en la ‘puerta de acceso’ que tienen los usuarios a la información
contenida en ellos. El IAS 1 establece requisitos generales para la presentación de los estados
nancieros, guías para su estructura y requisitos mínimos para su contenido. Con relación a las
versiones anteriores, introduce cambios importantes que se pueden sintetizar en:
(a) El conjunto completo de estados nancieros
(b) Información de los cambios realizados en la propiedad, en patrimonio y en ingresos
comprensivos
(c) Otros ingresos comprensivos – ajustes de reclasicación y efectos tributarios relacio-
nados
(d) Presentación de los dividendos
SECCIÓN DOS. LOS IFRS RESUMIDOS 201
Objetivo
Este estándar prescribe las bases para la presentación de los estados nancieros de propósito
general a n de asegurar la comparabilidad tanto con los estados nancieros de la entidad
correspondientes a períodos anteriores como con los estados nancieros de otras entidades.
Establece requerimientos generales para la presentación de los estados nancieros, guías para
su estructura y requerimientos mínimos para su contenido.
Aplica a (Alcance) No aplica a (Limitación del alcance)
þPreparación y presentación de estados nan-
cieros de propósito general de acuerdo con
los IFRS.
þTodas las entidades, incluyendo las que pre-
senten estados nancieros consolidados y las
que presenten estados nancieros separados
(independientes).
• Conable para entidades con ánimo de lu-
cro, incluyendo entidades de negocio del
sector público.
• Adaptable para entidades sin ánimo de lu-
cro (del sector privado o del sector públi-
co) y entidades que no tengan patrimonio
(fondos mutuos, cooperativas)
ýEstructura y contenido de los esta-
dos nancieros intermedios (se pre-
paran de acuerdo con el IAS 34).
ýRequerimientos de reconocimiento,
medición y revelación (aplican otros
IFRS).
Conceptos nancieros principales
• Deniciones:
o Estados nancieros de propósito general (a los que en este estándar se les reere como
‘estados nancieros’): son los que tienen la intención de satisfacer las necesidades de
los usuarios que no estén en posición de requerir que la entidad prepare reportes
ajustados a sus necesidades particulares de información.
o Impracticable: la aplicación de un requerimiento es impracticable cuando la entidad
no puede aplicarlo luego de hacer todos los esfuerzos razonables para hacerlo.
o IFRS: los estándares/normas internacionales de información nanciera, los estánda-
res/normas de contabilidad, y las Interpretaciones IFRIC y SIC.
o Material: las omisiones o declaraciones equivocadas de elementos son materiales si
podrían, individual o colectivamente, inuir en las decisiones económicas que los
usuarios toman con base en los estados nancieros. La materialidad depende del ta-
maño y naturaleza de la omisión o de la declaración equivocada juzgada en las cir-
cunstancias que la rodean. El tamaño o la naturaleza del elemento, o una combina-
ción de ambos, podría ser el factor determinante.
o Notas: contienen información adicional a la que se presenta en el estado de posición
nanciera, el estado de ingresos comprensivos, el estado separado de ingresos (si se
presenta), el estado de cambios en el patrimonio y el estado de ujos de efectivo. Las
notas ofrecen descripciones narrativas o desagregaciones de elementos presentados
en esos estados e información sobre elementos que no caliquen para reconocimien-
to en esos estados nancieros.
o Otros ingresos comprensivos [también traducido como ‘otro resultado integral’]: com-
prende elementos de ingresos y gastos (incluyendo reclasicaciones y ajustes) que
no se reconocen en utilidad o pérdida, tal y como es requerido o permitido por otros
ESTÁNDARES/NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (IFRS/NIIF) SAMUEL ALBERTO MANTILLA B.
202
IFRS. Incluyen: (a) cambios en el superávit por revaluación (IAS 16); (b) ganancias y
pérdidas actuariales en planes de benecio denido reconocidos de acuerdo con el
IAS 19 (par.93A); (c) ganancias y pérdidas que surgen de convertir los estados nancie-
ros de una operación en el extranjero (IAS 21); (d) ganancias y pérdidas provenientes
de inversiones en instrumentos de patrimonio medidos a valor razonable a través de
otros ingresos comprensivos de acuerdo con el IFRS 9 (par 5.4.4); (e) la porción efec-
tiva de las ganancias y pérdidas en los instrumentos de cobertura en la cobertura de
los ujos de efectivo (IAS 39).
o Propietarios: los tenedores de los instrumentos clasicados como patrimonio.
o Utilidad o pérdida: es el total de ingresos menos gastos, excluyendo los componentes
de otros ingresos comprensivos.
o Ajustes de reclasicación: son las cantidades reclasicadas a utilidad o pérdida en el
período actual, que fueron reconocidas en otros ingresos comprensivos en el período
actual o en períodos anteriores.
o Total de ingresos comprensivos [también traducido como ‘resultado integral total’]: es
el cambio en el patrimonio ocurrido durante el período, resultante de transacciones
y otros eventos, diferentes de los cambios resultantes de las transacciones con los
propietarios en su capacidad como propietarios. El total de ingresos comprensivos
comprende todos los componentes de ‘utilidad o pérdida’ y de ‘otros ingresos com-
prensivos.’
• Estados nancieros:
o Propósito de los estados nancieros: estados nancieros son la presentación estructu-
rada de la posición nanciera y del desempeño nanciero de la entidad. El objetivo
de los estados nancieros es ofrecer información sobre la posición nanciera, el des-
empeño nanciero y los ujos de efectivo de la entidad, que sea útil para un rango
amplio de usuarios en la toma de decisiones económicas. Los estados nancieros
también muestran los resultados de gestión que la administración hace de los recur-
sos conados a ella. Para lograr este objetivo, los estados nancieros proporcionan
información sobre: (a) activos; (b) pasivos; (c) patrimonio; (d) ingresos y gastos, inclu-
yendo ganancias y pérdidas; (e) contribuciones de y distribuciones a los propietarios
en su capacidad como propietarios; y (f) ujos de efectivo, de la entidad.
o Conjunto completo de estados nancieros: el conjunto completo de estados nancieros
comprende:
(a) Estado de posición nanciera al nal del período;
(b) Estado de utilidades y pérdidas y otros ingresos comprensivos del período;
(c) Estado de cambios del patrimonio del período;
(d) Estado de ujos de efectivo del período;
(e) Notas, que comprenden el resumen de las políticas de contabilidad importantes
y otra información explicativa; y
(f) El estado de posición nanciera al comienzo del período comparativo más tem-
prano cuando la entidad aplique retrospectivamente una política de contabili-
dad o haga una re-expresión retrospectiva de elementos contenidos en sus es-
tados nancieros, o cuando reclasique elementos contenidos en sus estados
nancieros.
Tres aclaraciones importantes:
• La entidad puede usar títulos diferentes a los usados en este Estándar.
• La entidad tiene que presentar destacando de igual manera todos los estados
nancieros contenidos en el conjunto completo de estados nancieros.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba