Estructura administrativa del Estado colombiano - Presupuesto público y contabilidad gubernamental - 6ta edición - Libros y Revistas - VLEX 800479453

Estructura administrativa del Estado colombiano

AutorEnrique Romero Romero
Páginas1-36
“Ningún conocimiento humano puede ir más a llá de su experiencia”
John Locke (1632 - 1704)
• Conceptos básicos.
• Ramas y órganos del poder público.
• Fines esenciales del Estado.
• Competencias y recursos del Estado.
• La descentralización del Estado.
• Ejercicios de evaluación.
1.1. Conceptos básicos
El tema del Estado ha sido, sin duda, el tema medular de la ciencia política
de todos los tiempos. Las reexiones y estudios sobre el Estado van desde
su magnicación hegeliana, al plantear que todo lo que el hombre es se lo
debe al Estado, hasta la consideración marxista como un mero y simple ins-
trumento de dominio de una clase sobre otra, pasando por la concepción
liberal de la consagración de derechos individuales frente al Estado, a quien
se consideraba un ente separado de la sociedad (Allan Brewer Carías-1962).
El Estado es quien ejerce el poder público, porque es la gura jurídica de la
Nación y debe organizarse para atender a todos quienes lo conformamos. El
Estado, para poder organizar y administrar el país, tiene el poder político confor-
mado y reglamentado en la Constitución Nacional de 1991, cuando arma que
Capítulo 1
Estructura administrativa
del Estado colombiano
PRESUPUESTO PÚBLICO Y CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
2
“Colombia es un Estado Social de Derecho” organizado en cada una de las ramas
del poder público y los órganos del Estado.
El Estado es una gran empresa organizada para administrar los recursos, igual que
cualquier empresa del sector privado; por lo tanto, se ha dividido estructuralmente
en tres ramas del poder público: legislativa, ejecutiva y judicial, las cuales trabajan
en forma armónica para poder cumplir con todos los nes y objetivos de
mejoramiento social y de calidad de vida de la sociedad, tal como lo establece la
Carta Magna de 1991.
Veamos un resumen de las constituciones desde 1810.
Fecha Concepto
1810, Agosto 15
Constitución del Estado Libre e Independiente del Socorro.
Consagra el federalismo, la libertad de los esclavos y la abolición
de resguardos.
1811, Marzo 30 Constitución de Cundinamarca. Declara que la provincia de
Cundinamarca se erige en Monarquía.
1811, Noviembre 27 Acta de Federación de las Provincias Unidas.
1811, Diciembre 9 Promulgada Constitución de la República de Tunja.
1812, Marzo 21 En Rionegro se suscribe la Constitución del Estado de Antioquia.
1821, Julio 12
Expedida en Cúcuta, Constitución de la República de Colombia,
conformada por tres grandes departamentos Cundinamarca,
Venezuela y Quito.
1830, Mayo 5
Promulgada la Constitución de la República de Colombia.
Siguió los parámetros de la anterior, pero disminuyó sus rasgos
centralistas.
1831, Noviembre 17 Expedida la Ley Fundamental del Estado de la Nueva Granada.
1832, Marzo 1 Promulgada la Constitución de la Nueva Granada. Refuerza el
poder de las provincias.
1843, Abril 20
Sancionada la Constitución Política de la Nueva Granada.
Aunque sigue lineamientos de las anteriores, refuerza los poderes
presidenciales.
1853, Mayo 21 Sancionada la Carta constitucional de la República de la Nueva
Granada. Descentralismo.
1858, Mayo 22 Expedida la Constitución de la Confederación Granadina. Divide
la república en Estados federales bajo un régimen unitario.
1861, Septiembre 20 Suscripción del Pacto de Unión con características de Constitución
provisional. Acentúa los poderes de los Estados.
1863, Mayo 8
Constitución de los Estados Unidos de Colombia, rmada en
Ríonegro, Antioquia. Federalista. Preámbulo invoca al pueblo
como fuente de autoridad.
1886, Agosto 4 Constitución de la República de Colombia. Carácter centralista,
presidencialista, autoritario y confesional.
1991, Julio 4 Sancionada nueva Constitución. Énfasis en derechos y libertades
fundamentales.
CAPÍTULO 1: ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO COLOMBIANO 3
La presente constitución política que nos rige, trae una cantidad de bondades
dentro del Estado Social de Derecho con una serie de ideales de vida, garantizando
convivencia, trabajo, justicia, igualdad, conocimiento, libertad y paz, que al
convertirse en realidades nos damos cuenta que nunca podrán cumplirse por falta
de los recursos.
Esta retórica constitucional soñada, normalmente se da en países con más
necesidades, mientras que en los países más exitosos en términos de crecimiento
económico e indicadores sociales se tienen constituciones más realistas.
La actual Constitución, que ha sido promulgada en el país, visualiza grandes líneas
orientadoras de la reforma, como son:
a). La nueva Carta de Derechos: si bien se reescriben los derechos clásicos o
tradicionales que estaban insertos en la Constitución de 1886, la reciente
ley de leyes ingresa al vocabulario constitucional un nutrido catálogo de
derechos, en especial en el plano social, tales como los relacionados con
los niños, los jóvenes, las mujeres, los ancianos, los minusválidos y, en
general, un gran énfasis en la seguridad social. Lo propio puede decirse
de la consagración de derechos tales como el de la vivienda digna y otros.
b). Las reformas políticas: el campo de las modicaciones al congreso es uno de
aquellos en los cuales se aprecian notables transformaciones.
c). La participación ciudadana: la noción de participación se esparce en todo el
articulado.
d). El pluralismo: este también penetra en las instituciones reformadas.
e). La economía: un mayor espacio a los sectores nacionales en la planeación,
y el reconocimiento constitucional de sectores que como el bursátil y el
asegurador no estaban en la antigua Carta.
f). La rama y la función ejecutiva: en este aspecto se aprecian importantes
modicaciones. Se dene al presidente como símbolo de la unidad nacional
y se le atribuyen las investiduras de jefe de Estado, jefe de gobierno y suprema
autoridad administrativa.
g). La administración de justicia: en materia de administración de justicia, al
lado del Consejo de Estado y de la Corte Suprema de Justicia modicada,
surgen nuevas instituciones como el Consejo Superior de la Judicatura,
órgano administrativo y disciplinario de la rama y que tuvo su antecedente
en la reforma constitucional de 1979.

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