Estudio a las medidas cautelares innominadas, en vigencia del código general del proceso - Núm. 40, Enero 2014 - Revista Iusta - Libros y Revistas - VLEX 644500141

Estudio a las medidas cautelares innominadas, en vigencia del código general del proceso

AutorDiego Faubricio Cabrera Riaño
CargoAbogado de la Corporación Universitaria Republicana, Bogotá, D.C., Colombia
Páginas17-38
ISSN: 1900-0448, IUSTA, N.º 40, enero-junio de 2014, pp. 17-38
Estudio a las medidas cautelares innominadas,
en vigencia del código general del proceso*1
Diego Faubricio Cabrera Riaño**2
Recibido: 5 de marzo de 2014 • Revisado: 10 de abril de 2014
Aprobado: 20 de mayo de 2014.
Resumen
A lo largo de la historia legislativa colombiana, son múltiples las reformas que se
han intentado integrar a la Rama Judicial para encauzar un modelo eciente de
justicia, donde se privilegie el acceso digno, aplicando procedimientos expeditos que
permitan la pronta solución de conictos sometidos a las diversas jurisdicciones y
que sean acordes a los nes esenciales del Estado Social de Derecho, consagrado
Es claro que las propuestas normativas para alcanzar la excelencia judicial, radican
en la posibilidad de una solución efectiva al padecimiento permanente de la con-
gestión en los despachos del país, como quiera que cada día el proceso en sí mismo,
se torna complejo, pues aparece la dicultad de fallar los litigios o causas asignadas
en el menor tiempo posible, sumado al número creciente de conictos y disputas
de intereses que por ausencia de la cultura en conciliación, le son asignados a los
jueces para que decidan lo que en derecho corresponda.
La génesis de esta problemática le ha sido atribuida en materia civil, comercial, de
familia y agraria, al modelo procesal imperante de los Decretos 1400 y 2019 de
* El presente artículo es producto de la investigación desarrollada por el autor, titulada: El impacto
en el régimen procesal civil colombiano, con la vigencia del Código General del Proceso; para obtener
el título de magister en Derecho Procesal en la Universidad Libre de Colombia.
** Abogado de la Corporación Universitaria Republicana, Bogotá, D.C., Colombia. Especialista
en Derecho Público (Corporación Universitaria Republicana). Especialista en Derecho Procesal
(Universidad Libre de Colombia). Monitor del Área Derecho Penal y Docente Corporación Universitaria
Republicana. Magister en derecho procesal de la Universidad Libre. Correo electrónico: diegofacari@
gmail.com
Diego Faubricio Cabrera Riaño
Universidad Santo Tomás, Facultad de Derecho
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1970, por medio de los cuales se adoptó el Código de Procedimiento Civil, ya que
contemplan trámites dispendiosos, que para hace 45 años pudieron se rápidos, pero
que en el estado actual no se compadecen con las realidades del ritmo de vida de la
sociedad. Así es como nace la Ley 1564 de 2012, que estatuye el Código General
del Proceso y que se está a la expectativa de que su implementación en Colombia,
sirva para acabar con la mora judicial; como quiera que trae novedosos elementos
procesales, entre los que se encuentran la incursión de las tecnologías de la infor-
mación, la oralidad, el cambio en los procedimientos imperantes y la adopción de
trámites no previstos en pro de la efectiva función judicial.
El Código General del Proceso trae innovaciones procesales de diversas índole, entre
las que se encuentra la variación que a las ya previstas medidas cautelares nomina-
das para ciertos procesos, se puedan peticionar y decretar cautelas innominadas, lo
que implica no solo asegurar la efectividad de una futura sentencia estimatoria de
las pretensiones, sino también el cese de ciertos actos distractores o perjudiciales
para el demandante, que de antaño no podían ser suspendidos por la ausencia de
facultades otorgadas por la ley a los jueces.
Surge de esta manera el problema a desarrollar, encaminado a establecer los presu-
puestos para que el juez de la causa en materia civil, comercial, de familia y agraria,
pueda decretar la cautela innominada.
Palabras clave: cautela, nominada, innominada, apariencia de buen derecho, peligro
en la demora, urgencia, decreto judicial, discrecionalidad.
S    ,    
   
Abstract
roughout the legislative history Colombian, are numerous reforms that have
tried the Judicial Branch to channel an ecient model of justice, where decent
access to privilege, applying expeditious procedures for the prompt settlement of
disputes under dierent jurisdictions and that are commensurate with the essential
purposes of the rule of law, enshrined in the 1991 Constitution.
It is clear that policy proposals to achieve judicial excellence, lie in the possibility
of an eective solution to the ongoing suering of congestion in the oces of the

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