La evaluación psicológica forense - Psicología Forense. Casos y modelos de pericias para América Central y del Sur - Libros y Revistas - VLEX 747700825

La evaluación psicológica forense

AutorÁngela Cristina Tapias Saldaña
Páginas19-38

Page 19

Ángela Cristina Tapias Saldaña, Colombia

La pericia psicológica, en sentido estricto, es la evaluación que realiza un especialista en el comportamiento humano con el objetivo de aportar conocimiento científico para orientar la toma de decisiones judiciales o administrativas, luego siempre se realiza con implicaciones legales.

Este capítulo introduce al lector en torno al procedimiento de evaluación psicológica forense, haciendo una analogía con la investigación rigurosa; motiva a la utilización de hipótesis, el planteamiento de metodologías, el uso de instrumentos y, sobre todo, a una discusión forense fundamentada en la argumentación teórica aplicable al caso, soportada en la literatura académica. Culmina con sugerencias para la elaboración del respectivo informe, en casos concretos; no obstante, todos estos pasos serán ilustrados en los capítulos subsiguientes, en los cuales cada caso plasma la experticia en su concreción y se convierte en un modelo para las buenas prácticas profesionales. Con este capítulo y libro, ALPJF propende visibilizar talentos latinoamericanos, al tiempo que combate la colonización intelectual.

Teoría y epistemología en una pericia psicológica

La pericia psicológica se parece a un proceso de investigación científica, puesto que se inicia en el contexto de un marco teórico determinado, con una pregunta de investigación psicojurídica; requiere el uso del método científico para absolverla, evacuar los procesos propios de un estudio académico, plantearse constructos de evaluación relevantes, plantear hipótesis, medir, analizar resultados, discutir y concluir.

Page 20

De cara a una investigación, lo primero es comprender cuál es la pregunta de investigación, cuál es el interrogante que motiva todo el procedimiento y las técnicas de evaluación, esclarecer qué es lo que se necesita, quién lo requiere, para qué y en qué contexto lo está preguntando. El interrogante surge de una necesidad puntual planteada por una autoridad competente, es decir, el fiscal, el defensor público o privado del procesado, el representante de víctimas, el comisario o el defensor de familia, etc.; todos ellos tienen vacíos de conocimiento que exceden la disciplina del Derecho, por lo cual requieren del conocimiento experto en Psicología Forense.

Puede ser ilustrativo plantear un ejemplo al respecto en el que la Autoridad solicita: "establecer la idoneidad parental de los progenitores que, tras el divorcio, se disputan la custodia de un hijo, alegando situaciones de maltrato psicológico contra el menor de edad". El juez de familia, en este caso, no es experto para conocer cuál de los padres ofrece el vínculo más seguro para el hijo y garantiza de mejor manera sus derechos; en razón de ello, lo pregunta a un psicólogo forense. El profesional debe establecer si esta pregunta se suscribe a su área de experticia, es decir, a la psicología forense. Esta pregunta, por supuesto, entraña variables psicológicas y esta es la razón por la cual consulta al experto en psicología forense.

Lo primero que tiene que hacer el perito es identificar cuáles serían las teorías aplicables a su actividad, los factores psicológicos relevantes para el caso, establecer los modelos conceptuales apropiados y acordes con las necesidades y objetivos forenses (Lobo, Espinosa, Guerrero & Ospina, 2016). En la línea de la custodia, obviamente se ubican elementos como el vínculo paterno filial, es decir, el apego que el menor de edad sostenga con su padre o con su madre; la adecuada corrección parental, es decir, cómo los progenitores pueden orientar la educación, establecer límites, ser flexibles; y también se encuentra el factor psicológico de la continuidad en el vínculo, es decir, la permanencia y la estabilidad respecto del cuidado de los hijos. De hecho, en las últimas décadas, parece estar cobrando importancia la adaptación de los padres, ya que esto potencia el afrontamiento personal y el de las dificultades adaptativas de los hijos. Hasta acá se han mencionado algunos constructos que serían relevantes, que circunscriben la pericia al ámbito psicológico (Ramírez, 2006). Empero, también es fundamental para el perito identificar qué constructos desbordan lo psicológico y no tendrían relevancia para el experto en psicología forense, por ejemplo, los aspectos económicos. Lo monetario familiar no es un tema atinente a la psicología forense y por ello para el psicólogo esta no es una variable relevante, lo será sí para el trabajador social o para el juez, pero no para el psicólogo.

Page 21

Dentro de las teorías citadas, es fundamental que exista una coherencia, pues acorde con las escuelas de pensamiento psicológico se identifican diversas explicaciones para un mismo fenómeno. Por ejemplo, La conducta paterna-materna de maltrato puede deberse al aprendizaje según la escuela cognoscitivo conductual o a pulsiones inconscientes desde el psicoanálisis. Ambos paradigmas pueden ser válidos, lo fundamental va a ser la armonía epistemológica que plantee el perito, pues mezclar estas explicaciones en una misma pericia resultaría contradictorio y hace incurrir en un eclecticismo inadecuado. Para ello, es fundamental que el profesional en psicología forense fortalezca su opción epistemológica, es decir, la filosofía de la ciencia que adoptó (Ríos, 1997), bajo la comprensión de que el paradigma está constituido por supuestos teóricos, leyes y técnicas de aplicación que deberán adoptar los investigadores dentro de una comunidad científica. Por tanto, cada nuevo paradigma aporta respuestas a los enigmas que no podían resolverse con otro paradigma, además de otorgarle sustento académico (Hurtado-Dianderas & Rivera, 2006).

Los enfoques psicológicos también implican unos métodos particulares, por lo cual el positivismo propone el uso de pruebas objetivas tipo test, incluso calificables mediante software, lo que contrasta con las pruebas proyectivas emanadas del psicoanálisis, que requieren de interpretación. De forma que el profesional, consciente de lo perentorio de lograr coherencia epistemológica, no usará los dos tipos de test (proyectivos y objetivos) en una misma pericia; esta situación devela una debilidad epistémica y abre la puerta a la controversia en el juicio, desde los fundamentos de la teoría de la ciencia, lo cual favorece ejercer el principio de contradicción y la epistemología que estudia a la investigación científica y al producto que se obtiene de esta investigación (Hurtado-Dianderas & Rivera, 2006).

El planteamiento de coherencia paradigmática no tiene la intención de señalar la preponderancia de una escuela psicológica sobre otra, sino llamar la atención sobre lo prioritario que resulta elegir teorías y métodos cuyos sustratos teóricos sean consistentes y coincidentes. Díaz (2011) valida que coexistan nuevas escuelas de pensamiento como el psicoanálisis, la psicología humanista, fenomenológica, sistémica y construccionista que defienden otras posturas sobre el objeto y métodos de la psicología para cooperar con la ley; la clave será no mezclarlos de manera incongruente.

Hipótesis

Luego de identificar la pregunta y los constructos a evaluar, se requiere de-

Page 22

terminar las hipótesis o posibles soluciones, "afirmaciones conjeturales de la relación entre dos o más variables" (Eyssautier, 2006). Cuando hay un problema científico a desentrañar, dentro de las primeras cosas que se hacen, luego de centrarse en un marco teórico y en un marco conceptual, es identificar unas posibles hipótesis; esas hipótesis irán mínimo en dos sentidos: el afirmativo y el negativo.

El afirmativo indica si existe una relación entre las variables, si hay hallazgos relevantes; el sentido negativo, por el contrario, representa la hipótesis del "no", la hipótesis nula que está relacionada con la no relevancia del aspecto, la no presencia del aspecto psicológico. Con el siguiente ejemplo se comprende fácilmente: pregunta la autoridad "si esta persona es proclive a reincidir en conductas de violencia contra su pareja". La hipótesis nula será que la persona evaluada no presenta o no tiene factores de riesgo que lo induzcan a reincidir en conductas de violencia contra su pareja. En contraste, la hipótesis de trabajo será lo contario, es decir, el sujeto sí presenta factores de riesgo que permiten predecir la futura comisión de violencia de pareja.

Esto de la predicción de reincidencia parece mágico, no científico, sin embargo, es importante precisar que la pericia psicológica, como un proceso de investigación científica, es rigurosa y se fundamenta en teorías, modelos y, particularmente, para el caso de reincidencia, para los cuales se han desarrollado guías para desarrollar un juicio profesional estructurado, fundado en observaciones estadísticas, es decir, se han observado y medido los factores de riesgo que tienen las poblaciones reincidentes y, con base en análisis de amplias muestras, se ha evidenciado cuáles son los que tienen relevancia para responder esta pregunta. Estos factores aparecen dentro de una lista de chequeo S.A.R.A., por su nombre original en inglés Spousal Assaults Risk Assessment (Pueyo y López, 2005).

Con base en este instrumento, se pueden identificar diversos factores de riesgo, veinte en total, que implican el conocimiento de las teorías atinentes, los cuales son: violencia anterior contra los familiares, violencia anterior contra desconocidos o conocidos no familiares, violación de la libertad condicional y otras medidas judiciales similares, problemas recientes en la relación de pareja, problemas recientes en el trabajo, víctima y/o testigo de violencia familiar en la infancia o adolescencia, consumo/abuso reciente de drogas, ideas/intentos de suicidio y/u homicidio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR